Instalación de líneas eléctricas y telefónicas adyacentes a carreteras - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite autorizar la instalación de líneas eléctricas y telefónicas que discurren adyacentes a carreteras, ya sea de forma paralela o cruzando la vía de manera aérea o subterránea.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas interesadas y Administraciones Públicas.
Requisitos principales
- La instalación debe ser paralela a la carretera o cruzarla de forma aérea o subterránea.
- Es obligatorio restablecer el terreno a su forma original.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
* **Protección de datos**: Se le informa que los datos facilitados en el impreso / formulario correspondiente a la Consejería de Movilidad, Transporte Vivienda, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Responsable del tratamiento de sus datos: * Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Movilidad, Transporte Vivienda. * Dirección: Avenida de las Comunidades s/n. 06800 Mérida (Badajoz). * Teléfono: 924332124. - Correo electrónico: dgmovilidadiv.mtv@juntaex.es * Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para instalar líneas eléctricas y telefónicas adyacentes a carreteras en Extremadura. Esto incluye instalaciones que discurren paralelas a la carretera o que la cruzan de forma aérea o subterránea.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas interesadas.
- Administraciones Públicas.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Instancia de solicitud.
- Localización exacta de la obra, incluyendo número de carretera, margen y punto kilométrico.
- Proyecto técnico firmado por un técnico competente.
- Justificante de pago de la tasa correspondiente (Modelo 50).
Requisitos:
- La instalación debe ser paralela a la carretera o cruzarla de forma aérea o subterránea.
- Es obligatorio restablecer el terreno a su estado original una vez finalizada la instalación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe incluir todos los datos necesarios para identificar la ubicación y las características de la instalación.
- El proyecto técnico debe cumplir con la normativa vigente en materia de seguridad y calidad.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez resuelta la solicitud, se notificará al interesado la resolución.
- En caso de ser favorable, se indicarán las condiciones y los plazos para la ejecución de la instalación.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguientes pasos:
- En caso de denegación, se podrá interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Dirección General de Infraestructuras Viarias
- Servicio de Proyectos y Construcción de Carreteras
- Avenida de las Comunidades, S/N
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Solicitud de autorizaciones.
- Tasas. Modelo 050.
- LEY 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura.
- Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras