Informe en programas de desplazamiento temporal de menores extranjeros a Extremadura - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Obtener un informe de la Junta de Extremadura para programas que traen temporalmente a menores extranjeros a la región, ya sea por vacaciones, tratamiento médico o para asistir a la escuela.
¿Quién puede solicitarlo?
Administraciones públicas, asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones u otras entidades pueden solicitar el informe para estancias vacacionales y por motivos de salud. Para estancias con fines de escolarización, también pueden solicitarlo personas físicas.
Requisitos principales
- Las personas que cuidan de los menores deben ser mayores de edad, tener capacidad legal, no tener antecedentes penales relacionados con delitos contra menores o violencia, y no estar en procesos de protección de menores.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El informe es necesario para asegurar que los programas de desplazamiento temporal de menores cumplen con los requisitos legales y protegen el bienestar de los menores.
Resumen
Este trámite permite solicitar un informe a la Secretaría General competente en materia de protección de menores para programas de desplazamiento temporal de menores extranjeros a Extremadura.
Quién puede usar este servicio:
- Administraciones públicas, asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones u otras entidades para estancias vacacionales y por motivos de salud.
- También personas físicas para estancias temporales con fines de escolarización.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
La documentación varía según si la solicitud la realiza una persona jurídica o física:
- Personas jurídicas: Solicitud, acta de constitución, documentación acreditativa de la representación, copia de los estatutos, proyecto de la actividad, autorizaciones de los padres o tutores, listado de menores, información sobre el alojamiento, listado de adultos acompañantes, certificado de cobertura sanitaria, propuesta de seguro de responsabilidad civil y accidentes, y (si aplica) certificación de plaza escolar o informe médico.
- Personas físicas: Solicitud, DNI, copia del Libro de Familia (o autorización para obtener la información), certificado de convivencia y empadronamiento (opcional), certificados de antecedentes penales (opcional), certificado médico de los solicitantes y del menor, compromiso de no adopción, autorización de los padres o tutores, certificación de plaza escolar (si aplica), y certificado de nacimiento del menor.
Requisitos previos:
Las personas que cuiden temporalmente de los menores deben:
- Ser mayores de edad y tener plena capacidad jurídica.
- No haber sido privados de la patria potestad ni estar en causa de privación.
- No tener antecedentes penales por delitos contra la libertad, la integridad moral, la libertad sexual o delitos relacionados con los derechos y deberes familiares y con la violencia de género.
- No estar sometidos a medidas cautelares asociadas a una orden de protección para las víctimas de violencia doméstica.
- No encontrarse afectados por medida o actuación acordadas para la protección de menores a su cargo por razón de riesgo o desamparo.
- Haber cumplido los compromisos de no tramitación de adopción y de retorno del menor a su país de origen en programas anteriores.
Costes y plazos:
- El trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación es durante todo el año.
- Si la solicitud la realiza una persona jurídica, debe presentarse con al menos dos meses de antelación a la fecha de salida prevista para los menores.
- Si la solicitud es para tratamiento médico, debe presentarse cuando exista la necesidad de tratamiento para un menor en concreto.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida según sea persona física o jurídica.
- Presentar la solicitud y la documentación:
- En línea: A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: En las oficinas de atención al ciudadano: Buscar oficina donde realizar este trámite
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe dirigirse a la Secretaría General competente en materia de protección de menores.
- La documentación debe estar debidamente legalizada y traducida al castellano, si procede.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se emitirá un informe de conformidad con el programa de desplazamiento temporal.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- Si el informe es favorable, se podrá llevar a cabo el programa de desplazamiento temporal.
- Si el informe es desfavorable, se deberá subsanar las deficiencias o presentar un nuevo programa.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Salud y Servicios Sociales
- Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
- Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Normativa:
Solicitud y Anexos:
- Petición de Informe de conformidad para desplazamiento temporal de menores extranjeros (personas físicas)
- Petición de informe de conformidad para desplazamiento temporal de menores extranjeros (personas jurídicas) menores extranjeros
- ANEXO VIII DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD
Representación voluntaria por medios electrónicos: