Fondo de asistencia social - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Proporcionar ayuda económica a personas mayores o enfermas con bajos recursos para cubrir sus necesidades básicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas mayores de 69 años o personas mayores de 16 años incapacitadas para trabajar, que carezcan de recursos económicos suficientes.

Requisitos principales

  • Carecer de medios económicos suficientes para la subsistencia.
  • No tener familiares obligados a prestar asistencia o que estos no puedan hacerlo.
  • No pertenecer a organizaciones religiosas obligadas a prestar asistencia.
  • No poseer bienes muebles o inmuebles que indiquen medios suficientes para la subsistencia.
  • Tener 69 años o más (para ancianidad) o estar incapacitado para trabajar (para enfermedad o invalidez).

Plazos

El plazo de presentación fue desde el 26/11/1981 hasta el 23/07/1992. Derogación el 23/07/1992. Se mantienen en vigor las vigentes a dicha fecha.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Ayudas económicas para personas mayores o enfermas con bajos recursos y dificultades para encontrar empleo.

Destinatarios

Personas mayores de 69 años o incapacitadas para trabajar (mayores de 16 años) que carezcan de medios económicos.

Requisitos

  • Carecer de medios económicos para la subsistencia.
  • No tener familiares obligados a prestar asistencia o que estos no puedan hacerlo.
  • No pertenecer a organizaciones religiosas obligadas a prestar asistencia.
  • No poseer bienes que indiquen medios suficientes para la subsistencia.
  • Tener 69 años o más (para ancianidad) o estar incapacitado para trabajar (para enfermedad o invalidez).

Cuantía

162,60 € mensuales (14 mensualidades en 2025).

Documentación

Documento de revisión anual.

Solicitud y anexos

Normativa

Real Decreto 2620/1981, de 24 de julio, que regula la concesión de estas ayudas.

Resolución

  • Órgano: El titular de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
  • Plazo: 3 meses.
  • Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.
  • Fin de la vía administrativa: No.
  • Recursos: Alzada y reposición.

Más información

Información sobre protección de datos de carácter personal

Órgano gestor

Consejería de Salud y Servicios Sociales Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A 06800, Mérida


Preguntas frecuentes


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