Fomento de conservación, mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad en viviendas - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer financiación para obras de conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad en viviendas unifamiliares y edificios residenciales colectivos.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de viviendas unifamiliares o edificios residenciales, comunidades de propietarios, empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias.
Requisitos principales
- Ser propietario de la vivienda o edificio, o cumplir los requisitos si se trata de una comunidad de propietarios o empresa constructora.
- Tener nacionalidad española o residencia legal en España (si es persona física).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones.
- Que las obras no se hayan iniciado antes de la visita previa.
- Contar con el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) o informe técnico que justifique la necesidad de la actuación.
- Aportar la documentación técnica exigida por el Ayuntamiento para la licencia de obras.
- Contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios (si aplica).
- Tener las autorizaciones administrativas preceptivas.
- Que la vivienda sea el domicilio habitual y permanente del propietario o arrendatario.
Plazos
Desde el 10/08/2021 hasta el 31/12/2021 (Convocatoria 2021)
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El plazo de presentación indicado corresponde a la convocatoria de 2021. Este programa ha tenido dos convocatorias: 2019 (obras de conservación, seguridad y accesibilidad) y 2021 (solo seguridad y accesibilidad).
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para realizar obras de conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad en viviendas. Estas ayudas están destinadas tanto a viviendas unifamiliares como a edificios residenciales colectivos.
Quién puede usar este servicio:
- Propietarios de viviendas unifamiliares o agrupadas.
- Propietarios de edificios residenciales colectivos.
- Comunidades de propietarios.
- Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias (bajo ciertas condiciones).
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos especificados.
- Reúne toda la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de ayuda.
- DNI/NIE del solicitante y representante (si aplica).
- Declaración de la Renta (IRPF), si aplica.
- Informe de Evaluación del Edificio (IEE) o informe técnico.
- Documentación técnica exigida por el Ayuntamiento para la licencia de obras.
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
- Otros documentos específicos según el tipo de solicitante (comunidad de propietarios, empresa, etc.).
Requisitos previos:
- Ser propietario o tener derecho a realizar las obras.
- Cumplir con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- No haber iniciado las obras antes de la visita previa.
- Contar con el informe técnico que justifique la necesidad de la actuación.
Costes y plazos:
- El coste del trámite es gratuito.
- El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria 2021 fue del 10/08/2021 al 31/12/2021.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud y la documentación en el registro correspondiente.
- Espera la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta telemáticamente o en las oficinas de registro.
- La documentación debe ser original o copia compulsada.
- Se realizará una visita previa para verificar el estado de la vivienda o edificio.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución del procedimiento.
- Si la resolución es favorable, se procederá al pago de la ayuda.
Plazos de resolución:
- 6 meses.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, realiza las obras y justifica la inversión.
- Si la resolución es desfavorable, puedes interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana.
- Servicio de Gestión de Ayudas.
- Avenida de las Comunidades, S/N, 06800, Mérida.
Recursos adicionales:
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (BOE Nº 61, de 10-03-2018)
- Decreto 204/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en el ámbito de la Comunidad Autonóma de Extremadura. (D.O.E. Nº 250, de 27-12-2018)
- Corrección de errores del Decreto 204/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones contempladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE Nº 17, de 25-01-2019)
- Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establece la convocatoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (DOE Nº 17, de 25-01-2019)
- Extracto de las ayudas del del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, contempladas en la Orden de 28 de diciembre de 2018, por la que se establece la convocatoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (DOE Nº 17 de 25-01-2019)
- Corrección de errores de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establece la convocatoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (DOE Nº 19, de 29-01-2019)
- Corrección de errores del Extracto de las ayudas del programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, contempladas en la Orden de 28 de diciembre de 2018, por la que se establece la convocatoria en Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto 106/2018, Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (D.O.E. Nº 19, de 29-01-2019)
- CORRECCIÓN de errores de la Orden de 28 de diciembre de 2018 por la que se establece la convocatoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. (D.O.E. Nº 23, de 04-02-2019).
- MODIFICACIÓN del Extracto de las ayudas del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, contempladas en la convocatoria aprobada por la Orden de 28 de diciembre de 2018 y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes. (D.O.E. Nº 170, de 03-09-2019)
- Modificación del Extracto de las ayudas del Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización, y de la accesibilidad en vivienda, contempladas en la convocatoria aprobada por la Orden de 28 de diciembre de 2018 (DOE n.º 17, de 25 de enero de 2019) y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la convocatoria para el ejercicio 2019/2020. (DOE Nº 182, de 18-09-2020)
- Anexos a la Solicitud de ayuda
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes.