Financiación pública de los gastos de gestión de las entidades del tercer sector - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer financiación a entidades del tercer sector en Extremadura para cubrir gastos de gestión relacionados con la búsqueda de viviendas para personas vulnerables.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades del tercer sector en Extremadura que cumplan los requisitos.
Requisitos principales
- Ser una Entidad del Tercer Sector en Extremadura, según la Ley 10/2018.
- Ser beneficiaria de la ayuda del Programa regulado en la Orden de 18 de diciembre de 2020.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Plazos
El plazo de presentación fue desde el 6 de mayo de 2023 hasta el 6 de mayo de 2024, ambos inclusive.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Esta ayuda está destinada a financiar los gastos de gestión de las entidades del tercer sector de Extremadura que colaboran en la búsqueda de viviendas o soluciones habitacionales para personas especialmente vulnerables, como mujeres víctimas de violencia de género, personas en riesgo de desahucio, personas sin hogar, entre otros.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades del tercer sector en Extremadura que cumplan los requisitos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Modelo normalizado de declaración responsable.
- Apoderamiento que acredite la representación (si aplica).
- Modelo normalizado de Alta de Terceros (si no tiene cuenta activa).
- Certificaciones de estar al corriente con Hacienda Estatal, Hacienda de la Comunidad Autónoma y Seguridad Social (si no autoriza a la Dirección General de Vivienda a recabarlos electrónicamente).
Requisitos previos:
- Ser una Entidad del Tercer Sector en Extremadura, según la Ley 10/2018.
- Ser beneficiaria de la ayuda del Programa regulado en la Orden de 18 de diciembre de 2020.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- El plazo de presentación fue desde el 6 de mayo de 2023 hasta el 6 de mayo de 2024, ambos inclusive.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y documentación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se analizará la solicitud y la documentación presentada.
- Se emitirá una resolución.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
- Si transcurren 3 meses sin que se haya notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda.
- En caso de resolución desfavorable, se podrán interponer los recursos correspondientes.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Servicio de Adjudicación y Mantenimiento
- Avenida de las Comunidades, S/N
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Solicitud y Anexos:
Normativa: