Estación Enológica de Almendralejo - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
La Estación Enológica de Almendralejo ofrece análisis y control de calidad de vinos y derivados, apoyando al sector vitivinícola extremeño, la administración y particulares.
¿Quién puede solicitarlo?
Sector vitivinícola extremeño, órganos de la Administración Central y Autonómica, Universidad de Extremadura, Denominación de Origen Ribera del Guadiana, cooperativas y particulares.
Requisitos principales
- Ser parte del sector vitivinícola extremeño o estar relacionado con él.
- Presentar la solicitud y la documentación requerida.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La Estación Enológica de Almendralejo actúa como órgano de control de calidad y presta apoyo tecnológico y analítico.
Resumen
La Estación Enológica de Almendralejo se dedica al control y análisis de vinos y sus derivados. Actúa como órgano de control de calidad para el sector vitivinícola extremeño, ofreciendo apoyo tecnológico y analítico a la Administración, la Denominación de Origen Ribera del Guadiana, bodegas y particulares.
Quién puede usar este servicio:
- Sector vitivinícola extremeño.
- Órganos de la Administración Central y Autonómica.
- Universidad de Extremadura.
- Denominación de Origen Ribera del Guadiana.
- Cooperativas.
- Particulares.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
Enlaces a anexos:
- Instrucciones
- Instrucciones cumplimentación Mod 050
- Organigrama
- Alcance de acreditación
- Listado de incertidumbres
- Oferta analítica
Costes y plazos:
- El coste depende de las tasas vigentes.
- No hay un plazo de presentación específico.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la solicitud y la documentación necesaria.
- Pagar las tasas correspondientes.
- Presentar la solicitud:
- En línea: A través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: En las oficinas de atención al ciudadano: Buscar oficina donde realizar este trámite
Después de hacerlo
- La resolución del procedimiento es emitida por el titular de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
- El silencio administrativo tiene efecto desestimatorio.
- La resolución no agota la vía administrativa.
Ayuda
Más información:
Órgano gestor:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Agricultura y Ganadería Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria Avenida Luis Ramallo, 06800, Mérida