Derecho de acceso a la información pública - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a cualquier persona acceder a la información pública de la Junta de Extremadura, tal como se garantiza en la Ley de Gobierno Abierto de Extremadura.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona, física o jurídica, sin necesidad de justificar un interés específico.

Requisitos principales

  • Identificación del solicitante.
  • Descripción de la información solicitada.
  • Dirección de contacto, preferiblemente electrónica.
  • Indicación de la forma preferida para acceder a la información.

Plazos

El trámite está disponible permanentemente.

Duración del trámite

1 mes

Información adicional

Para más detalles sobre transparencia, información pública y acceso a la información, puedes visitar la web del <a href="https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/index.html">Consejo de Transparencia y Buen Gobierno</a>.

Resumen

Este trámite permite a los ciudadanos ejercer su derecho a acceder a la información pública de la Junta de Extremadura.

Quién puede usar este servicio

Toda persona, sin necesidad de justificar su interés.

Antes de empezar

Es útil tener claro qué información se necesita y en qué formato se prefiere recibirla.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Requisitos previos

  • Identificar claramente la información que se solicita.
  • Proporcionar una dirección de contacto.

Costes y plazos

  • El acceso a la información es gratuito, salvo la expedición de copias.
  • El plazo máximo para resolver es de 1 mes, ampliable a 2 si es necesario.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la solicitud indicando la información deseada y la forma de acceso preferida.
  2. Presentar la solicitud:
  3. Esperar la resolución en el plazo máximo de un mes (ampliable a dos).

Información sobre cada etapa

  • La solicitud debe identificar claramente la información que se busca.
  • La administración puede pedir aclaraciones si la solicitud no es clara.
  • La resolución puede conceder o denegar el acceso a la información.

Tiempos de espera

  • El plazo máximo para resolver es de 1 mes, ampliable a 2 si es necesario.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
  • Si se concede el acceso, se te indicará cómo acceder a la información.
  • Si se deniega, se te explicarán los motivos y los recursos que puedes interponer.

Plazos de resolución

  • Máximo 1 mes (ampliable a 2).

Siguiente pasos

  • En caso de denegación, puedes interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno o recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ayuda

Contacto

  • Servicio de Transparencia y Calidad de los Servicios: accesoinf.sgad@juntaex.es, 924 170 180.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • Ver sección de preguntas frecuentes para más detalles.

Preguntas frecuentes


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