Derecho de acceso a datos personales - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos acceder a sus datos personales que obran en poder de la Administración de la Junta de Extremadura.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas, empresarios individuales y representantes de personas jurídicas cuyos datos personales sean tratados por la Junta de Extremadura.

Requisitos principales

  • Para la tramitación electrónica: Acreditación de la identidad mediante firma electrónica avanzada.
  • Para la tramitación presencial: Aportación de copia del DNI.

Plazos

No sujeto a plazo de presentación.

Duración del trámite

1 mes

Información adicional

En caso de disconformidad, se puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Resumen

Este trámite permite ejercer el derecho de acceso a los datos personales que la Administración de la Junta de Extremadura posee sobre el solicitante.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas
  • Empresarios individuales
  • Representantes de personas jurídicas

Lo que necesitas

  • Documentación: La que se indique en el formulario de solicitud.
  • Requisitos:
    • Si la tramitación es electrónica, necesitarás un certificado electrónico cualificado.
    • Si la tramitación es presencial, deberás presentar una copia de tu DNI.
  • Coste: Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

  1. Tramitación online:
    • Accede a la sede electrónica de la Junta de Extremadura a través de este enlace: Tramitar en línea
  2. Tramitación presencial:
    • Descarga y cumplimenta el formulario PDF.
    • Imprime el formulario.
    • Entrega el formulario en una Oficina de Registro.

Formularios de solicitud:

Representación voluntaria por medios electrónicos:

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Efecto silencio administrativo: No aplica.
  • Fin vía administrativa: No.
  • Impugnación vía administrativa: Sí.

La resolución será emitida por el Responsable del Tratamiento, que es la persona titular de la Consejería a la que se dirige la solicitud, a través de la Secretaría General correspondiente.

En caso de no estar de acuerdo con la resolución, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

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