Convenios de habilitación para realizar transacciones electrónicas en representación de terceros en la puesta en funcionamiento de establecimientos, instalaciones y productos industriales no sometidos

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a colegios profesionales, asociaciones, personas físicas o jurídicas habilitarse para realizar trámites electrónicos en nombre de terceros en la puesta en marcha de instalaciones industriales no sujetas a autorización administrativa.

¿Quién puede solicitarlo?

Colegios profesionales, asociaciones, personas físicas o jurídicas que presten servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica relacionados con instalaciones industriales no sometidas a autorización administrativa.

Requisitos principales

  • Disponer de personal formado y cualificado para informar, asesorar y cumplimentar la documentación necesaria.
  • Tener un certificado electrónico cualificado para realizar trámites de forma segura.
  • Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes está abierto permanentemente.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver es de tres meses.

Información adicional

Existen convenios tipo adaptados a cada tipo de solicitante (colegios profesionales, asociaciones, personas jurídicas o físicas). Los técnicos y empresas adheridos a colegios o asociaciones también pueden adherirse a los convenios firmados por estos.

Resumen

Este trámite permite solicitar la habilitación para realizar transacciones electrónicas en representación de terceros en la puesta en funcionamiento de establecimientos, instalaciones y productos industriales no sometidos a autorización administrativa en Extremadura.

Quién puede usar este servicio

  • Colegios profesionales o asociaciones integrados por personas físicas o jurídicas que presten servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica.
  • Personas físicas o jurídicas que presten los mismos servicios y no estén adheridas a convenios firmados por los anteriores.

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud según el modelo del Anexo I de la Orden de 17 de octubre de 2018.

Requisitos previos

  • Disponer de personal formado y cualificado.
  • Disponer de certificado electrónico cualificado.
  • Cumplir con la normativa de protección de datos.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de presentación está abierto durante todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Descargar y cumplimentar el modelo de solicitud (Anexo I).
  2. Presentar la solicitud y la documentación requerida de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Información sobre cada etapa

  • La Dirección General competente revisará la solicitud y, si es necesario, requerirá la subsanación de errores.
  • Si la solicitud es correcta, se notificará una propuesta de convenio.
  • El convenio será firmado por el titular de la Consejería de Economía e Infraestructuras y el solicitante.

Tiempos de espera

  • La Dirección General tiene un plazo máximo de tres meses para dictar una resolución con la propuesta de convenio.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez firmado el convenio, la entidad o persona queda habilitada para realizar trámites electrónicos en representación de terceros.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver es de 4 meses y el silencio administrativo es desestimatorio.

Siguiente pasos

La resolución no pone fin a la vía administrativa y puede recurrirse en alzada.

Ayuda

Contacto

  • Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
  • Dirección General de Industria, Energía y Minas
  • Servicio de Planificación Industrial, Energética y Minera
  • Paseo de Roma, 06800, Mérida

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

(Ver sección FAQ)


Preguntas frecuentes


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