Concesión de la Medalla de Extremadura para el año 2025 - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Reconocer públicamente a personas o entidades que hayan destacado por sus servicios a la sociedad extremeña, la defensa de sus intereses, o la conservación de su identidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden proponer candidatos el Presidente de la Asamblea de Extremadura, los miembros del Consejo de Gobierno, los Ayuntamientos y otras entidades locales, entidades o instituciones públicas, y entidades, colectivos y asociaciones culturales, científicas o socioeconómicas de carácter privado radicadas en Extremadura, o a instancia de las entidades asociativas de los extremeños y extremeñas asentados fuera de la Región.
Requisitos principales
- Los candidatos deben haber destacado en la configuración de una sociedad más justa y solidaria, o por su defensa, promoción o fomento de los intereses o imagen de Extremadura.
- También pueden ser galardonados quienes hayan prestado servicios relevantes, eminentes o extraordinarios a la región, independientemente del ámbito de su actividad.
- La Medalla puede ser otorgada a personas fallecidas.
- No se concederá a autoridades administrativas o electivas españolas o de la región en ejercicio de sus cargos.
Plazos
El plazo de presentación de candidaturas es del 1 de octubre de 2024 al 31 de mayo de 2025.
Duración del trámite
Variable, no especificado.
Información adicional
En caso de candidaturas ya presentadas en años anteriores, se debe reiterar la voluntad de proponer nuevamente la concesión, actualizando la información con nuevos datos.
Resumen
Este trámite permite proponer candidatos para la concesión de la Medalla de Extremadura, el máximo galardón que otorga la Comunidad Autónoma. Se busca reconocer a personas o entidades que hayan destacado por sus servicios a la sociedad extremeña, la defensa de sus intereses, o la conservación de su identidad.
Quién puede usar este servicio:
- Presidente de la Asamblea de Extremadura.
- Miembros del Consejo de Gobierno.
- Ayuntamientos y otras entidades locales.
- Entidades o instituciones públicas.
- Entidades, colectivos y asociaciones culturales, científicas o socioeconómicas de carácter privado radicadas en Extremadura.
- Entidades asociativas de los extremeños y extremeñas asentados fuera de la Región.
Antes de empezar:
- Revisa los requisitos y la documentación necesaria para presentar la propuesta.
- Asegúrate de que el candidato cumple con los criterios establecidos en la normativa.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Anexo II (Propuesta de concesión) o documento equivalente con la información solicitada.
- Certificado que acredite que la propuesta proviene del órgano competente (ej. certificado del Secretario Municipal si es un Ayuntamiento).
- Certificado que acredite que el candidato no forma parte del órgano decisorio del proponente.
- Informe que justifique la oportunidad de la concesión, incluyendo datos y biografía del candidato.
- Apoyos o adhesiones a la propuesta de concesión (opcional).
Requisitos previos:
- El candidato debe haber destacado en la configuración de una sociedad más justa y solidaria, o por su defensa, promoción o fomento de los intereses o imagen de Extremadura.
- También pueden ser galardonados quienes hayan prestado servicios relevantes, eminentes o extraordinarios a la región, independientemente del ámbito de su actividad.
- La Medalla puede ser otorgada a personas fallecidas.
- No se concederá a autoridades administrativas o electivas españolas o de la región en ejercicio de sus cargos.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación de candidaturas es del 1 de octubre de 2024 al 31 de mayo de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación requerida.
- Completa el Anexo II (Propuesta de concesión) o un documento equivalente.
- Obtén los certificados necesarios.
- Redacta un informe que justifique la oportunidad de la concesión.
- Recopila apoyos o adhesiones a la propuesta (opcional).
- Presenta la propuesta electrónicamente a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los registros electrónicos indicados en la Ley 39/2015.
Información sobre cada etapa:
- La propuesta debe dirigirse a la Presidencia de la Comisión de la Medalla de Extremadura.
- La presentación electrónica requiere certificado digital.
Tiempos de espera:
- No se especifica un tiempo de espera para la resolución del procedimiento.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Comisión de la Medalla de Extremadura evaluará las propuestas presentadas.
- Se notificará la resolución a los proponentes.
Plazos de resolución:
- No se especifica un plazo de resolución.
Siguientes pasos:
- En caso de ser concedida la Medalla, se realizará un acto público de entrega.
Ayuda
Contacto:
- Presidencia de la Junta de Extremadura, Gabinete de la Presidencia, Servicio de Análisis y Documentación. Plaza Del Rastro, S/N, 06800, Mérida.
Recursos adicionales:
- Cláusula de Protección de Datos
- Solicitud
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
- DECRETO 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura
- DECRETO 75/2017, de 13 de junio, por el que se modifica el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura
- DECRETO 159/2017, de 3 de octubre, por el que se modifica el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura
- DECRETO 26/2020, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura
- RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se da publicidad a los requisitos y al plazo de presentación de candidaturas a la Medalla de Extremadura de 2025, en virtud de lo establecido en el Decreto 177/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de la Medalla de Extremadura
Preguntas frecuentes:
- Ver preguntas frecuentes en la sección FAQ.