Compensación a arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Compensar económicamente a los arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios, cubriendo el valor medio del alquiler y los gastos corrientes de la vivienda durante el periodo de suspensión.
¿Quién puede solicitarlo?
Arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios que no hayan recibido las rentas correspondientes.
Requisitos principales
- Ser arrendador afectado por la suspensión del desahucio de una vivienda alquilada.
- No haber recibido las rentas y gastos reclamados, ni tener un proceso de ejecución, seguro de caución o aval en curso.
Plazos
Desde el 8 de junio de 2021 hasta el 31 de enero de 2026.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite a los arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios solicitar una compensación económica por las rentas no percibidas y los gastos corrientes de la vivienda durante el periodo de suspensión.
Quién puede usar este servicio:
Arrendadores y propietarios de viviendas que hayan sufrido la suspensión del desahucio y no hayan recibido las rentas correspondientes.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Exposición razonada y justificada de la compensación.
- Justificación del valor medio del alquiler de la vivienda.
- Acreditación de los gastos corrientes de la vivienda.
- Modelo de declaración responsable y consentimientos.
- Certificados de estar al corriente con Hacienda Autonómica, Hacienda Estatal y Seguridad Social (o autorización para consulta).
- Modelo de Alta de Terceros.
- Contrato de arrendamiento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud y la documentación:
- En línea: A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: En las oficinas de atención al ciudadano: Buscar oficina donde realizar este trámite
Plazo de presentación:
Desde el 8 de junio de 2021 hasta el 31 de enero de 2026.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La administración revisará tu solicitud y documentación.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Si no recibes respuesta en este plazo, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
Siguientes pasos:
Si la solicitud es aprobada, recibirás la compensación económica. Si es denegada, podrás interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Órgano gestor:
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Gestión de Ayudas Avenida Valhondo, S/N 06800, Mérida