Compensación a arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Compensar económicamente a los arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios, cubriendo el valor medio del alquiler y los gastos corrientes de la vivienda durante el periodo de suspensión.

¿Quién puede solicitarlo?

Arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios que no hayan recibido las rentas correspondientes.

Requisitos principales

  • Ser arrendador afectado por la suspensión del desahucio de una vivienda alquilada.
  • No haber recibido las rentas y gastos reclamados, ni tener un proceso de ejecución, seguro de caución o aval en curso.

Plazos

Desde el 8 de junio de 2021 hasta el 31 de enero de 2026.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Este trámite permite a los arrendadores y propietarios afectados por la suspensión de desahucios solicitar una compensación económica por las rentas no percibidas y los gastos corrientes de la vivienda durante el periodo de suspensión.

Quién puede usar este servicio:

Arrendadores y propietarios de viviendas que hayan sufrido la suspensión del desahucio y no hayan recibido las rentas correspondientes.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Exposición razonada y justificada de la compensación.
  • Justificación del valor medio del alquiler de la vivienda.
  • Acreditación de los gastos corrientes de la vivienda.
  • Modelo de declaración responsable y consentimientos.
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda Autonómica, Hacienda Estatal y Seguridad Social (o autorización para consulta).
  • Modelo de Alta de Terceros.
  • Contrato de arrendamiento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud y la documentación:

Plazo de presentación:

Desde el 8 de junio de 2021 hasta el 31 de enero de 2026.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La administración revisará tu solicitud y documentación.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver es de 3 meses. Si no recibes respuesta en este plazo, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.

Siguientes pasos:

Si la solicitud es aprobada, recibirás la compensación económica. Si es denegada, podrás interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Órgano gestor:

Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Gestión de Ayudas Avenida Valhondo, S/N 06800, Mérida


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