Cesión gratuita de bienes o derechos para fines de utilidad pública o interés social - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a la Junta de Extremadura ceder gratuitamente bienes o derechos patrimoniales a entidades públicas o sin ánimo de lucro para fines de utilidad pública o interés social, estableciendo condiciones de reversión en caso de incumplimiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Administraciones Públicas o Institucionales, entes instrumentales del sector público, corporaciones de Derecho Público, organizaciones sindicales o patronales, instituciones benéficas, culturales o sociales sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos principales

  • Presentar una propuesta justificada de la finalidad de utilidad pública o interés social que se pretende cumplir con la cesión.

Plazos

El plazo de presentación se determinará en el acuerdo de inicio del procedimiento.

Duración del trámite

4 meses

Información adicional

Más información disponible en pablo.guerrero@juntaex.es

Resumen

Este trámite permite a la Junta de Extremadura ceder gratuitamente bienes o derechos patrimoniales a entidades públicas o sin ánimo de lucro para fines de utilidad pública o interés social. En caso de incumplimiento de las condiciones, los bienes revierten a la Junta.

Quién puede usar este servicio

Este servicio está dirigido a Administraciones Públicas, entes instrumentales del sector público, corporaciones de Derecho Público, organizaciones sindicales o patronales, instituciones benéficas, culturales o sociales sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Antes de empezar

Es importante tener clara la finalidad de utilidad pública o interés social para la que se solicita la cesión.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Documentos que acrediten la personalidad jurídica del solicitante.
  • Documentos que acrediten la propiedad del bien o derecho a ceder.
  • Documentos que describan las características o servicios técnicos disponibles en el inmueble ofertado, según lo indicado en los pliegos de condiciones.

Requisitos previos

  • Presentar una propuesta justificada de la finalidad de utilidad pública o interés social que se pretende cumplir con la cesión.

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • El plazo de presentación se determinará en el acuerdo de inicio del procedimiento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Información sobre cada etapa

El trámite se realiza online a través de la plataforma de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea

Tiempos de espera

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 4 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez resuelto el procedimiento, se notificará la resolución al solicitante.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 4 meses. El silencio administrativo es desestimatorio.

Siguiente pasos

En caso de resolución favorable, se procederá a la formalización de la cesión. En caso de resolución desfavorable, se podrán interponer los recursos correspondientes.

Ayuda

Contacto

Para más información, contactar con pablo.guerrero@juntaex.es

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué tipo de bienes puede ceder la Junta de Extremadura? La Junta de Extremadura puede ceder bienes o derechos de forma gratuita a entidades públicas o sin ánimo de lucro.
  • ¿Cuál es el propósito de la cesión gratuita de bienes? La cesión debe tener una finalidad de utilidad pública o interés social.
  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas cesiones? Administraciones Públicas, entes instrumentales del sector público, corporaciones de Derecho Público, organizaciones sindicales o patronales, instituciones benéficas, culturales o sociales sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • ¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la cesión? Se debe presentar una propuesta que justifique la finalidad de utilidad pública o interés social que se pretende cumplir con la cesión.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el procedimiento de cesión? El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 4 meses.
  • ¿Qué ocurre si no se resuelve el procedimiento en el plazo establecido? Si no se resuelve en el plazo establecido, la solicitud se considera rechazada.
  • ¿Qué recursos se pueden interponer contra la resolución? Se puede interponer un recurso de reposición y, posteriormente, un recurso contencioso-administrativo.

Preguntas frecuentes


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