Ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en Extremadura - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Conceder una ayuda económica a familias residentes en municipios de Extremadura de menos de 3.000 habitantes por el nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción de un hijo.
¿Quién puede solicitarlo?
Padres, madres o representantes legales de menores nacidos, adoptados o en guarda con fines de adopción, residentes en municipios de Extremadura de menos de 3.000 habitantes.
Requisitos principales
- Ser padre o madre y ostentar la guarda y custodia del menor.
- Que la renta bruta anual de la unidad familiar no supere los límites establecidos según el número de hijos.
- Tener residencia legal en España, en caso de solicitantes no españoles.
- Estar empadronado y haber residido como mínimo durante un año en un municipio de Extremadura de menos de 3.000 habitantes.
- No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda.
Plazos
El plazo de presentación fue del 28 de septiembre de 2024 al 31 de octubre de 2024.
Duración del trámite
2 meses
Resumen
Ayudas económicas para familias residentes en municipios de Extremadura con menos de 3.000 habitantes por el nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción de un hijo. Estas ayudas están destinadas a apoyar a las familias en estos momentos iniciales.
Quiénes pueden solicitarla: Padres, madres o representantes legales de menores nacidos, adoptados o en guarda con fines de adopción, siempre que residan en municipios de Extremadura que no superen los 3.000 habitantes.
Lo que necesitas
Requisitos principales
- Ser padre/madre y tener la guarda y custodia del menor.
- La renta familiar no debe superar ciertos límites según el número de hijos.
- Residencia legal en España (si no es español).
- Estar empadronado y residir en un municipio de Extremadura de menos de 3.000 habitantes durante al menos un año.
- No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.
Documentos requeridos
- Certificado de inscripción en el Registro de Ciudadano de la Unión (si es ciudadano de la UE).
- Permiso de trabajo o residencia (si es extranjero no UE).
- Copia del libro de familia.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración de la Renta.
Costes y plazos
- El trámite es gratuito.
- El plazo de presentación fue del 28/09/2024 al 31/10/2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Reúne la documentación necesaria.
- Descarga y completa el formulario de solicitud.
- Si es necesario, completa el modelo de alta de terceros.
- Presenta la solicitud y la documentación en el Servicio Territorial correspondiente (Cáceres o Badajoz).
Después de hacerlo
Qué sucede después
- La administración revisará tu solicitud.
- El plazo máximo para resolver es de 2 meses.
- Si no hay respuesta en 2 meses, se considera que la solicitud ha sido denegada.
Ayuda
Contacto
- Consejería de Salud y Servicios Sociales
- Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
- Servicio de Prestaciones Sociales y Ayudas
- Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A, 06800, Mérida