AYUDAS PARA LOS PROYECTOS DE ANIMACIÓN COMERCIAL REALIZADOS POR ENTIDADES LOCALES

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Efectuar la convocatoria de las ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por entidades locales.

Destinatarios

Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazo de presentación

Año 2016: desde el 2 de julio hasta el 1 de octubre, ambos inclusive.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Modelo de solicitud (Anexo I)

Decreto 270/2014, de 16 de diciembre -TEXTO CONSOLIDADO-

DECRETO 270/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos de animación comercial y primera convocatoria de ayudas para los proyectos realizados por asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio (D.O.E. Nº 2, DE 05-01-2015)

ORDEN de 12 de mayo de 2015 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial realizados por entidades locales (D.O.E. Nº 93, DE 18-05-2015)

Corrección de errores de la Orden de 12 de mayo de 2015 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial realizados por entidades locales

Decreto 308/2015, de 11 de diciembre, por el que se modifican el Decreto 270/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos de animación comercial y primera convocatoria de ayudas para los proyectos realizados por asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, y el Decreto 241/2013, de 23 de diciembre, de mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista en Extremadura, apoyo a la creación y promoción de franquicias y primera convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2014. (DOE de 17-12-2015)

Orden de 28 de junio de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial desarrollados por entidades locales. (D.O.E. Nº 126, DE 1-07-2016)

Extracto de la Orden de 28 de junio de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial desarrollados por entidades locales. (D.O.E. Nº 126, DE 1-07-2016)

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 2 meses y se computará a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

* Gastos elegibles y excluidos.

1. Tendrán la consideración de gastos elegibles los gastos relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como:

— Publicidad en medios de comunicación.

— Cartelería, folletos, incluyendo los gastos de diseño, imprenta y reparto.

— Arrendamiento de bienes y equipos (carpas, stands, megafonía, etc).

— Contratación externa para determinadas actividades como animación, vigilancia o seguridad, limpieza, seguros y montaje de instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad.

— Otros gastos relacionados con la actividad.

2. Sin perjuicio de lo anterior y con carácter general, tendrán la consideración de gastos excluidos, los siguientes:

— Material propagandístico o merchandising.

— Realización de cócteles y actos análogos.

— Premios o regalos promocionables.

— Publicidad genérica del Centro Comercial Abierto.

— Alquiler de locales.

— Adquisición de equipamiento y mobiliario urbano.

— Guías comerciales.

— Gastos del personal propio del solicitante, ni los gastos que no estén relacionados directamente con la realización de la actividad subvencionada.

* Inversión máxima subvencionable e importe de la ayuda.

La inversión máxima subvencionable tendrá el siguiente límite máximo global:

a) Si la acción se va a desarrollar en una localidad de más de 20.000 habitantes: 7.000 euros.

b) Si la acción se va a desarrollar en una localidad entre 10.000 y 20.000 habitantes: 5.000 euros.

c) Si la acción se va a desarrollar en una localidad de menos de 10.000 habitantes: 3.000 euros.

Las ayudas consistirán en una subvención del 80 % de la actividad subvencionable.

Las solicitudes de ayudas, con arreglo al modelo del Anexo I, deberán acompañarse de la siguiente documentación, en original o fotocopia:

a) Datos identificativos del solicitante: el NIF de la entidad. No será necesario aportar el NIF si en el Anexo I se ha autorizado a la Secretaría General de Economía y Comercio para que los datos de identidad personal y de domicilio o residencia sean consultados en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas como prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).

b) Memoria detallada de la actuación, conforme el Anexo II.

c) Presupuestos y facturas pro forma. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 50.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 18.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

d) Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, tanto con la Administración Autonómica como Estatal, así como con la Seguridad Social y deberán acreditar tal circunstancia mediante los oportunos certificados, salvo que sobre este extremo se autorice expresamente a la Secretaría General de Economía y Comercio para recabarlos de oficio.

e) La justificación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario y de reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener la subvención solicitada, así como la declaración de las ayudas públicas solicitadas para la misma actividad, se efectuará mediante declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el Anexo III de la orden.

f) Los solicitantes deberán aportar el alta de terceros debidamente cumplimentado, en caso de no estar dado de alta en el subsistente de Terceros de la Junta de Extremadura.

Formularios de solicitud

Modelo de solicitud (Anexo I)

Anexos

a) Memoria de actuación (Anexo II)

b) Declaración responsable y declaración de ayudas (Anexo III)

c) Solicitud de pago de la ayuda (Anexo IV)

Decreto 270/2014, de 16 de diciembre -TEXTO CONSOLIDADO-

DECRETO 270/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos de animación comercial y primera convocatoria de ayudas para los proyectos realizados por asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio (D.O.E. Nº 2, DE 05-01-2015)

ORDEN de 12 de mayo de 2015 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial realizados por entidades locales (D.O.E. Nº 93, DE 18-05-2015)

Corrección de errores de la Orden de 12 de mayo de 2015 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial realizados por entidades locales

Decreto 308/2015, de 11 de diciembre, por el que se modifican el Decreto 270/2014, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos de animación comercial y primera convocatoria de ayudas para los proyectos realizados por asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio, y el Decreto 241/2013, de 23 de diciembre, de mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista en Extremadura, apoyo a la creación y promoción de franquicias y primera convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2014. (DOE de 17-12-2015)

Orden de 28 de junio de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial desarrollados por entidades locales. (D.O.E. Nº 126, DE 1-07-2016)

Extracto de la Orden de 28 de junio de 2016 por la que se realiza la convocatoria de ayudas para los proyectos de animación comercial desarrollados por entidades locales. (D.O.E. Nº 126, DE 1-07-2016)

Secretario General de Economía y Comercio.

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 2 meses y se computará a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

http://www.gobex.es/comercioextremadura/ayudas-para-la-realizacion-de-proyectos-de-animacion-comercial

í?rgano gestor

SECRETARíA GENERAL DE ECONOMíA Y COMERCIO
PASEO DE ROMA, S/N Mí?DULO C 2ª PLANTA
06800 MERIDA
sgeyc.ei@gobex.es
924005838

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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