Ayudas para la profesionalización de autónomos - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Apoyar a los autónomos en Extremadura para que profesionalicen sus negocios, mejoren sus estrategias y visibilidad, y puedan superar dificultades.
¿Quién puede solicitarlo?
Autónomos que hayan estado dados de alta y cotizando en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o en una mutualidad de colegio profesional de Extremadura durante los 24 meses anteriores a la solicitud, con ingresos anuales de al menos 12.000 euros y rendimientos netos no superiores a 30.000 euros en el ejercicio fiscal anterior.
Requisitos principales
- Estar dado de alta como autónomo en Extremadura durante al menos 24 meses ininterrumpidos.
- Haber facturado un mínimo de 12.000 euros en el ejercicio fiscal anterior.
- No haber superado los 30.000 euros de rendimientos netos en el ejercicio fiscal anterior.
- No dedicarse a actividades excluidas (acuicultura, pesca, producción primaria agrícola, juegos de azar, apuestas o actividades financieras).
- No tributar por el Régimen de Estimación Objetiva.
Plazos
Desde el 31/08/2024 hasta el 30/10/2024.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del decreto y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Resumen
Ayudas económicas para autónomos en Extremadura que buscan mejorar y profesionalizar sus negocios. Estas ayudas están diseñadas para apoyar la gestión, estrategias de negocio, y la visibilidad comercial de los autónomos.
Quién puede usar este servicio:
- Autónomos dados de alta en Extremadura con al menos 24 meses de antigüedad.
- Con una facturación mínima de 12.000€ en el último ejercicio fiscal.
- Que no superen los 30.000€ de rendimientos netos en el último ejercicio fiscal.
Antes de empezar:
- Revisa que tu actividad no esté excluida (acuicultura, pesca, juegos de azar, etc.).
- Ten a mano la documentación necesaria (IRPF, certificados, etc.).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Memoria descriptiva del proyecto (Anexo II: Anexo II Modelo memoria).
- Certificados de estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y la Junta de Extremadura (si no autorizas la consulta).
- Certificado de vida laboral.
- Copia de la declaración de IRPF del ejercicio fiscal anterior.
- Certificado de epígrafes del IAE.
Requisitos previos:
- Estar dado de alta como autónomo en Extremadura durante al menos 24 meses.
- Tener una facturación mínima de 12.000€ en el ejercicio fiscal anterior.
- No superar los 30.000€ de rendimientos netos en el ejercicio fiscal anterior.
Costes y plazos:
- La ayuda es de 1.500 euros.
- El plazo de solicitud es del 31/08/2024 al 30/10/2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación requerida.
- Completa la solicitud (Anexo I: Anexo I Solicitud ).
- Presenta la solicitud y la documentación dentro del plazo.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta telemáticamente.
- Asegúrate de cumplir todos los requisitos antes de presentar la solicitud.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, recibirás el importe de la ayuda.
- Si la resolución es desfavorable, puedes presentar un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
- Dirección General de Empresa.
- Servicio de Promoción Empresarial.
- Paseo de Roma, Mérida.
Recursos adicionales:
- Cláusula de protección de datos: Cláusula de protección de datos N2
- Requisitos de publicidad de la ayuda: Requisitos de publicidad de la ayuda
- Anexo III: Anexo III
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos: Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos: Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de FAQ.