Ayudas para la mejora de las infraestructuras y productividad de fincas rústicas de propiedad municipal - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder ayudas a ayuntamientos para mejorar infraestructuras y productividad en fincas rústicas de su propiedad, impulsando la viabilidad y modernización de las explotaciones agrarias, generando empleo y mejorando la economía local.

¿Quién puede solicitarlo?

Ayuntamientos que sean dueños de fincas rústicas en Extremadura.

Requisitos principales

  • No hallarse incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere la ley de subvenciones de la comunidad autónoma de extremadura.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social
  • La explotación agraria que se desarrolle en la finca rústica municipal donde se realicen las inversiones deberá cumplir los requisitos:
  • Estar inscrita en el REXA de la comunidad autónoma de Extremadura.
  • Contar con una explotación agraria con dimensión técnica y económicamente viable.

Plazos

El plazo de presentación fue del 29 de mayo de 2023 al 23 de junio de 2023.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

El efecto del silencio administrativo es desestimatorio. El recurso que procede es el de alzada.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas a los ayuntamientos de Extremadura para mejorar las infraestructuras y la productividad de sus fincas rústicas. El objetivo es modernizar las explotaciones agrarias, aumentar su viabilidad económica y generar empleo en el ámbito rural.

Quién puede usar este servicio:

  • Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean propietarios de fincas rústicas.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de que la finca rústica esté inscrita en el REXA.
  • Verifica que la explotación agraria en la finca sea técnica y económicamente viable.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Proyecto o memoria técnica original firmado por un técnico competente.
  • Certificación del Secretario-Interventor del Ayuntamiento con el visto bueno del Alcalde.
  • Declaración responsable (según el modelo del Anexo III de la convocatoria).

Requisitos previos:

  • No estar incurso en causas de prohibición para recibir subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Costes y plazos:

  • Este trámite no implica costes directos.
  • El plazo de resolución es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Prepara la documentación requerida.
  2. Presenta la solicitud y la documentación en el registro de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural o a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debe incluir toda la información y documentación necesaria para evaluar el proyecto.
  • La Consejería revisará la solicitud y podrá solicitar información adicional si es necesario.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notificará la resolución al Ayuntamiento.
  • En caso de ser favorable, se indicarán los plazos y condiciones para la ejecución del proyecto y la justificación de la ayuda.

Plazos de resolución:

  • 6 meses.

Siguiente pasos:

  • Ejecutar el proyecto según lo aprobado.
  • Justificar la inversión realizada ante la Consejería.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
  • Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
  • Servicio de Infraestructuras Rurales
  • Avenida Luis Ramallo, S/N, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de estas ayudas? Los beneficiarios son los Ayuntamientos que ostenten la propiedad de fincas rústicas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • ¿Qué documentación se debe presentar con la solicitud? Las solicitudes deben ir acompañadas de un proyecto o memoria técnica original firmado por técnico competente, una certificación expedida por la persona que ostente el cargo de Secretaría-Intervención de la Corporación Local con el V.º B.º de la persona titular de la Alcadía-Presidencia, y una declaración responsable según el modelo del anexo III que figure en la convocatoria.
  • ¿Cuál es el plazo para resolver el procedimiento? El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
  • ¿Qué ocurre si no se resuelve en el plazo establecido? El efecto del silencio administrativo es desestimatorio.
  • ¿Cuál es la cuantía total de la convocatoria? El crédito total de la convocatoria asciende a 2.500.000 €.
  • ¿Cuál es la finalidad de estas ayudas? Las inversiones deben contribuir a la viabilidad de las explotaciones agrarias, su modernización, incremento de la productividad y desarrollo de nuevas orientaciones productivas, mejorando así los resultados económicos de las explotaciones y generando empleo.

Preguntas frecuentes


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