Ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas del sector comercio en Extremadura para que implementen proyectos tecnológicos, innovadores y sostenibles que mejoren su competitividad.

¿Quién puede solicitarlo?

Pequeñas y medianas empresas del sector comercio con un establecimiento comercial en Extremadura.

Requisitos principales

  • Ser una pequeña o mediana empresa que ejerza una actividad comercial minorista detallada en el anexo A con carácter principal.
  • El establecimiento comercial debe estar ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazos

Las solicitudes pueden presentarse desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 31 de julio de 2025.

Duración del trámite

3 meses

Resumen

Ayudas económicas destinadas a pequeñas y medianas empresas (PYMES) del sector del comercio al por menor en Extremadura. El objetivo es impulsar proyectos tecnológicos, innovadores y sostenibles que mejoren su capacidad de competir en el mercado.

Quién puede usar este servicio:

  • Pequeñas y medianas empresas del sector comercio que desarrollen una actividad comercial minorista de forma principal.
  • Que cuenten con un establecimiento comercial ubicado en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Antes de empezar:

  • Revisar los requisitos y la documentación necesaria.
  • Asegurarse de cumplir con los criterios de elegibilidad.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Anexo V. Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para los beneficiarios.
  • Memoria descriptiva de las inversiones a realizar.
  • Memoria valorada/Proyecto técnico.
  • Cronograma de ejecución.
  • Facturas proforma o presupuestos de las inversiones por las que se solicita la subvención.
  • En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia (ESPJ), Anexo II. Declaración expresa y responsable.
  • En el caso de comunidades de bienes y ESPJ, Anexo III.
  • En caso de persona jurídica se aportará además copia de la escritura de Constitución de la Sociedad y de sus modificaciones y el poder del representante legal o nota simple actualizada del registro mercantil.
  • En el caso de empresas de nueva creación o de nuevos establecimientos, compromiso de aportar el Alta en el Censo de Actividades Económicas (Declaración censal modelo 036) indicándose el epígrafe en el que lo harán.
  • En el caso de comunidades de bienes y/o ESPJ, los Estatutos y modificaciones posteriores.
  • En el caso de que la inversión conlleve obra civil, fotografías en las que se muestre el estado anterior a la ejecución de la actividad para la que se solicita la ayuda.
  • En el caso de que se dispusiese TPV, fotografías que acrediten sus existencia.
  • Poder de representación legal o mandato de representación.
  • EN CASO DE NO HABER PRESTADO SU CONSENTIMIENTO O HABERSE OPUESTO EXPRESAMENTE PARA RECABAR DE OFICIO LOS DATOS
  • Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas.
  • Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda del Estado.

Requisitos previos:

  • Ser una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal.
  • Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Costes y plazos:

  • Las ayudas consisten en una subvención del 60% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros.
  • Si el proyecto se hace en localidades menores a 5000 habitantes, la intensidad de la ayuda será de un 75 %. El límite máximo de ayuda por establecimiento seguirá siendo de 30.000 euros.
  • Plazo de presentación: Desde 11/10/2024 Hasta: 31/07/2025

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúna la documentación necesaria.
  2. Acceda a la plataforma de tramitación en línea.
  3. Complete el formulario de solicitud con la información requerida.
  4. Adjunte la documentación solicitada.
  5. Presente la solicitud dentro del plazo establecido.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza de forma telemática a través de la plataforma de la Junta de Extremadura.
  • Es importante leer detenidamente las bases reguladoras para conocer los requisitos y obligaciones.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se evaluará el cumplimiento de los requisitos.
  • Se notificará la resolución al solicitante.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Siguiente pasos:

  • En caso de concesión, se indicarán los pasos a seguir para la justificación de la ayuda.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
  • Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
  • Servicio de Comercio Interior y Artesanía
  • Paseo de Roma, s/n
  • 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Anexos


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