Ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas artesanas de Extremadura mediante la optimización de procesos, la adopción de tecnologías avanzadas y el aumento de la eficiencia energética.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas y jurídicas, incluyendo comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica, inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de Extremadura. También pueden ser beneficiarios los nuevos artesanos que hayan solicitado la inscripción antes de la finalización del plazo de solicitud.

Requisitos principales

  • Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazos

El plazo de presentación es del 14 de enero de 2025 al 13 de febrero de 2025.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Las ayudas consisten en una subvención del 60% de los gastos elegibles, aplicada a una inversión máxima subvencionada de 60.000 euros. Este porcentaje puede incrementarse en un 10% para jóvenes artesanos y un 5% para mujeres artesanas.

Resumen

Estas ayudas están diseñadas para impulsar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas artesanas en Extremadura. El objetivo es fortalecer su crecimiento sostenible mediante la mejora de los procesos de producción, la implementación de tecnologías avanzadas y el aumento de la eficiencia energética.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas y jurídicas inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Nuevos artesanos que hayan solicitado la inscripción en el registro antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de Extremadura.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Memoria explicativa de la necesidad de realizar las inversiones.
  • Presupuestos o facturas proformas emitidos por empresas externas.
  • Declaración responsable de reunir las condiciones para ser beneficiario y declaración de otras ayudas (Anexo II).
  • Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente.
  • Declaración responsable con la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto (Anexo II).
  • En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, Anexo IV con los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero y el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, debiendo nombrar un representante.
  • Justificación de estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica o autorización expresa para su comprobación de oficio.
  • Información de datos del IAE.
  • En caso de persona jurídica, poder del representante legal.
  • Certificado de Titularidad Real expedido por Notario en caso de no autorizar expresamente a que la Secretaría General pueda recabar de oficio los datos relativos a los titulares reales.
  • Número de cuenta que el solicitante tiene activo en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura para el abono de la subvención.
  • Proyecto técnico o memoria valorada con desglose de unidades de obra, en el caso de inversiones que incluyan ejecución de obra civil.
  • Estatutos de la Comunidad de Bienes (CB) y/o Entidades sin Personalidad Jurídica (ESPJ).

Requisitos previos:

Costes y plazos:

  • La ayuda consiste en una subvención del 60% de los gastos elegibles, aplicada a una inversión máxima subvencionada de 60.000 euros.
  • El plazo de presentación de solicitudes es del 14/01/2025 al 13/02/2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Completa el formulario de solicitud (Anexo I).
  3. Presenta la solicitud y la documentación a través de los medios habilitados por la Junta de Extremadura.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debidamente cumplimentada conforme al modelo de anexo I, deberá ir acompañada obligatoriamente por la documentación indicada.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se evaluarán las solicitudes presentadas.
  • Se notificará la resolución a los solicitantes.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
  • El efecto del silencio administrativo es desestimatorio.
  • La resolución no pone fin a la vía administrativa.

Siguientes pasos:

  • En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda.
  • Se puede interponer recurso de alzada contra la resolución.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
  • Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
  • Servicio de Comercio Interior y Artesanía
  • Paseo de Roma, s/n
  • 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Formularios y Anexos:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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