Ayudas para la consolidación de grupos de investigación. Línea 1 - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Apoyar el desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos de investigación de Extremadura, fomentando la colaboración e internacionalización.
¿Quién puede solicitarlo?
Agentes del SECTI inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI que tengan constituidos grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
Requisitos principales
- El grupo de investigación debe estar inscrito en el Catálogo de Grupos conforme al Decreto 146/2018.
- Los integrantes del grupo deben tener su CVN cumplimentado a través de la página https://secti-idi.juntaex.es.
Plazos
El plazo de presentación fue de un mes desde el 27 de agosto de 2024.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Ayudas destinadas a impulsar el desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los grupos de investigación de Extremadura, pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI).
Quiénes pueden optar:
Agentes del SECTI inscritos en el Catálogo de Agentes del SECTI que tengan grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
Lo que necesitas
Documentación
- Instancia de solicitud de la ayuda.
- Memoria generada en formato PDF.
- Plan de Actividades de I+D+I.
- Certificado de participación de los integrantes del grupo.
- Documento de acreditación de pertenencia a Instituto Universitario de Investigación del personal investigador doctor.
- Declaración del representante legal del organismo (opcional).
Requisitos
- Estar inscrito en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.
- Tener el CVN actualizado en la página https://secti-idi.juntaex.es.
Cuantía
La cuantía total a otorgar a cada grupo de Investigación será proporcional a la puntuación final obtenida con un importe máximo de 180.000 euros.
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Preparar la documentación requerida.
- Cumplimentar la solicitud.
- Presentar la solicitud y la documentación dentro del plazo establecido.
Plazos
El plazo de presentación fue de un mes, a contar desde el 27 de agosto de 2024.
Después de hacerlo
Resolución
- El órgano competente para resolver es la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
- El efecto del silencio administrativo es desestimatorio.
- Se puede interponer recurso de alzada.
Ayuda
Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública Paseo De Roma, 06800, Mérida