Ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de extremeños en el exterior y sus familias - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer apoyo económico a los extremeños que residen en el extranjero y desean regresar a Extremadura, así como a sus familias, para facilitar su reintegración en la comunidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Extremeños en el exterior, conforme a la Ley 6/2009, que regresen a Extremadura de forma definitiva, junto con su unidad familiar (cónyuge o pareja, e hijos o familiares de primer grado que convivan en el mismo domicilio).
Requisitos principales
- Haber residido fuera de Extremadura por un mínimo de tres años ininterrumpidos antes del retorno.
- No haber transcurrido más de un año desde la fecha de retorno a Extremadura.
- Estar empadronado y residir efectivamente en un municipio de Extremadura al momento de la solicitud.
- Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen los límites establecidos según el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), variando según el origen del retorno (España o extranjero) y el número de miembros de la unidad familiar.
Plazos
Desde el 9 de enero hasta el 15 de octubre de 2025, ambos inclusive.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La presentación de la solicitud implica la autorización para que el órgano gestor verifique los datos de identidad y residencia. Se puede revocar esta autorización, presentando la documentación acreditativa correspondiente.
Resumen
Este trámite ofrece ayudas económicas para facilitar el regreso a Extremadura de personas extremeñas que residen en el extranjero y sus familias.
Quién puede usar este servicio:
Extremeños en el exterior que deseen retornar a Extremadura de manera definitiva, junto con su unidad familiar.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos de residencia previa fuera de Extremadura.
- Reúne la documentación necesaria para acreditar tu situación y la de tu familia.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Libro de familia o certificado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.
- Documento que acredite el lugar de nacimiento de alguno de los progenitores (si no nació en Extremadura).
- Certificado de empadronamiento en un municipio extremeño.
- Certificado o informe histórico del ayuntamiento donde residió fuera de Extremadura (si retorna desde España).
- Baja consular o documento oficial del país de procedencia (si retorna desde el extranjero).
- Documentos que acrediten situaciones sociofamiliares específicas (familia numerosa, discapacidad, violencia de género, víctima de terrorismo), si aplica.
- Declaración responsable de no estar incurso en causas que impidan ser beneficiario.
Requisitos previos:
- Haber residido fuera de Extremadura por un mínimo de tres años ininterrumpidos antes del retorno.
- No haber transcurrido más de un año desde la fecha de retorno a Extremadura.
- Estar empadronado y residir efectivamente en un municipio de Extremadura al momento de la solicitud.
- Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen los límites establecidos según el IPREM, variando según el origen del retorno (España o extranjero) y el número de miembros de la unidad familiar.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- Plazo de presentación: Desde el 9 de enero hasta el 15 de octubre de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud, ya sea online o presencialmente.
- Espera la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud online se realiza a través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea.
- Para la presentación presencial, busca la oficina más cercana: Buscar oficina donde realizar este trámite.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, recibirás el pago de la ayuda.
- En caso de resolución desfavorable, puedes interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social Dirección General de Acción Exterior Servicio de Acción Exterior Plaza del Rastro, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Cláusula de Protección de Datos: Clausula Protección de Datos
- Solicitud de ayuda: Solicitud de ayuda
- Anexo II Declaraciones y autorizaciones: Anexo II Declaraciones y autorizaciones
- DECRETO del Presidente 5/2020: DECRETO del Presidente 5/2020
- RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2024: RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2024
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