Ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Estas ayudas están destinadas a impulsar proyectos de dinamización y promoción del comercio en Extremadura, así como a fortalecer las asociaciones comerciales.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Requisitos principales

  • Municipios y entidades locales menores deben pertenecer a la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Asociaciones, federaciones y confederaciones deben ser entidades sin ánimo de lucro, constituidas antes de la fecha de solicitud, y desarrollar su actividad en Extremadura.
  • Más del 50% de los socios de las asociaciones deben ser empresarios del sector comercio.
  • Más del 80% de los socios deben ser pequeñas y medianas empresas.
  • Cumplir con los requisitos genéricos para ser beneficiario según la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazos

El plazo de presentación es desde el 6 de noviembre de 2024 hasta el 31 de julio de 2025.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La cuenta bancaria indicada en la solicitud debe estar activa en el sistema de alta de terceros de la Junta de Extremadura.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas para impulsar el comercio a través de proyectos de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Está dirigido a municipios, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio.

Quién puede usar este servicio

  • Municipios y entidades locales menores de Extremadura.
  • Asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que operen en Extremadura.

Antes de empezar

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos específicos para cada tipo de entidad.
  • Revisa la documentación necesaria y tenla preparada antes de iniciar la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Estatutos legalizados y poder del representante legal (si aplica).
  • Memoria descriptiva y valorada de la actuación (Anexo II).
  • Presupuestos o facturas proforma.
  • Justificante de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (Anexo I).
  • Declaración de ausencia de conflictos de interés (DACI), firmada electrónicamente (Anexo III).
  • Certificado de Titularidad Real expedido por Notario (si no se autoriza la consulta de oficio).
  • Poder de representación legal o mandato de representación habilitante (si aplica).

Requisitos previos

  • Las asociaciones deben estar constituidas como entidades sin ánimo de lucro antes de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Más del 50% de los socios de las asociaciones deben ser empresarios del sector comercio.
  • Más del 80% de los socios deben ser pequeñas y medianas empresas.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene costes asociados.
  • El plazo de presentación de solicitudes es desde el 6 de noviembre de 2024 hasta el 31 de julio de 2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede a la plataforma de tramitación en línea a través del enlace proporcionado: Tramitar en línea.
  3. Completa el formulario de solicitud (Anexo I) y adjunta la documentación requerida.
  4. Firma electrónicamente la solicitud y los anexos.
  5. Presenta la solicitud dentro del plazo establecido.

Información sobre cada etapa

  • Solicitud: Rellena el formulario con la información requerida y adjunta los anexos correspondientes.
  • Documentación: Asegúrate de que todos los documentos estén actualizados y sean legibles.
  • Firma electrónica: Utiliza un certificado electrónico válido para firmar la solicitud y los anexos.

Tiempos de espera

  • El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se evaluará el proyecto.
  • Se notificará la resolución al solicitante.

Plazos de resolución

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Siguiente pasos

  • En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda.
  • En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto

  • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    • Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
    • Servicio de Comercio Interior y Artesanía
    • Paseo de Roma, s/n, 06800, Mérida
  • Comercio. Unidad Territorial de Badajoz
    • Avenida Huelva, 6, 06005, Badajoz
  • Comercio. Unidad Territorial de Cáceres
    • Avenida Clara Campoamor, 2, 10001, Cáceres

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
    • Estas ayudas están destinadas a financiar proyectos que dinamicen y promocionen el comercio en la región, así como a fortalecer las asociaciones comerciales.
  • ¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?
    • Pueden solicitar estas ayudas los municipios, entidades locales menores, asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio que cumplan con los requisitos establecidos.
  • ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
    • El plazo de presentación de solicitudes es desde el 6 de noviembre de 2024 hasta el 31 de julio de 2025.
  • ¿Qué documentación es necesaria para solicitar las ayudas?
    • La documentación obligatoria incluye los estatutos de la entidad (si aplica), una memoria descriptiva y valorada de la actuación, presupuestos o facturas proforma, justificantes de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y una declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
  • ¿Cuál es la cuantía total de la convocatoria?
    • La cuantía total de la convocatoria es de 1.500.000 euros, distribuida entre las diferentes líneas de ayuda.
  • ¿Quién resuelve el procedimiento y cuál es el plazo de resolución?
    • La resolución del procedimiento corresponde al titular de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio, y el plazo para resolver es de 3 meses. El silencio administrativo es desestimatorio.
  • ¿Qué recursos se pueden interponer en caso de denegación?
    • En caso de denegación, se puede interponer un recurso de alzada.
  • ¿Qué información debe incluir la memoria descriptiva y valorada de la actuación?
    • Es necesario presentar una memoria descriptiva y valorada de la actuación conforme al anexo II.

Preguntas frecuentes


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