Ayudas para el desarrollo de pueblos inteligentes de menos de 20.000 habitantes - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Estas ayudas están destinadas a financiar proyectos de desarrollo de pueblos inteligentes en municipios y entidades locales menores de Extremadura con menos de 20.000 habitantes. El objetivo es impulsar soluciones tecnológicas en áreas como turismo, movilidad, eficiencia energética y participación ciudadana.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades locales (municipios, mancomunidades y entidades locales menores) de la Comunidad Autónoma de Extremadura con menos de 20.000 habitantes.

Requisitos principales

  • La entidad local no debe estar incursa en ninguna causa de prohibición para recibir ayudas públicas.
  • Debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y autonómica, así como con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los requisitos específicos detallados en las bases reguladoras.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes fue del 29 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025. El plazo para subsanar solicitudes está abierto hasta el 31 de marzo de 2025.

Duración del trámite

6 meses

Resumen

Ayudas para entidades locales de menos de 20.000 habitantes en Extremadura destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes. Estas ayudas buscan financiar proyectos tecnológicos en áreas como turismo, movilidad, eficiencia energética y participación ciudadana.

Quién puede usar este servicio:

  • Municipios de Extremadura con menos de 20.000 habitantes.
  • Mancomunidades de municipios de Extremadura cuya suma de habitantes no supere los 20.000.
  • Entidades locales menores de Extremadura.

Antes de empezar:

  • Verificar que la entidad local cumple con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
  • Revisar la documentación necesaria para la solicitud.
  • Tener acceso a un certificado digital para realizar la tramitación online.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • La entidad local no debe estar incursa en ninguna causa de prohibición para recibir ayudas públicas (artículo 12.2 de la Ley 6/2011).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Costes y plazos:

  • El importe de la subvención cubre un máximo del 80% de la inversión subvencionable, con límites que varían según el tamaño de la entidad local:
    • Más de 6.000 y menos de 20.000 habitantes: hasta 80.000€.
    • Más de 1.000 y hasta 6.000 habitantes: hasta 40.000€.
    • Hasta 1.000 habitantes: hasta 20.000€.
  • Plazo de presentación: Desde el 29/01/2025 hasta el 31/03/2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Acceder a la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura.
  3. Completar el formulario de solicitud con la información requerida.
  4. Adjuntar la documentación necesaria.
  5. Presentar la solicitud de forma electrónica.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se presenta online a través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se evaluará el proyecto.
  • Se notificará la resolución del procedimiento a la entidad local.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.

Siguiente pasos:

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
  • Dirección General de Digitalización Regional
  • Servicio de Transform. Digit. Empresarial, Ciudadana y de Adm. Local y de Telecomunicaciones
  • Paseo de Roma, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Normativa:


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