Ayudas LEADER PEPAC para el desarrollo rural de los municipios - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Estas ayudas están destinadas a impulsar la diversificación de las actividades económicas en el medio rural, con un enfoque principal en actividades no agrícolas. Los Grupos de Acción Local (GAL) son los encargados de implementar LEADER en las comarcas seleccionadas, asegurando que las acciones subvencionadas se ajusten a las estrategias de desarrollo local de cada comarca.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden solicitar estas ayudas personas físicas o jurídicas, incluyendo comunidades de bienes, que desarrollen actividades económicas en el medio rural. También pueden ser beneficiarias las Administraciones públicas y los Grupos de Acción Local (GAL). Para las empresas, solo podrán ser beneficiarias aquellas que cumplan los requisitos para ser consideradas micro, pequeñas o medianas empresas (PYME).
Requisitos principales
- No hallarse incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria que se señalan en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Estar al corriente de las obligaciones con las Haciendas estatal y autonómica y frente a la Seguridad Social, salvo que acredite que dichas deudas se encuentran aplazadas, fraccionadas o cuando se hubiese acordado su suspensión, a no ser que sea deudora por resolución firme.
- En el caso de persona física, tener cumplidos 18 años en el momento de la solicitud o situación asimilada conforme a norma.
- Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica, se hará constar expresamente, en la solicitud y resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada integrante, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias.
- Para ser subvencionables, los proyectos han de cumplir los siguientes requisitos:
- Que su acción se encuadre en el marco de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) del Grupo de Acción Local, aprobada por la Autoridad de Gestión.
- Que su acción esté orientada a fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales, promoviendo su desarrollo.
- Con carácter general, los proyectos de inversiones productivas:
- Tendrán como objetivos la generación de ingresos mediante la mejora del entorno económico y/o la valorización del patrimonio natural y cultural, a fin de contribuir a la creación y/o mantenimiento de empleo.
- Deberán necesariamente juzgarse viable, técnica, económica y financieramente, y deberán cumplir las normas de sostenibilidad medio ambiental que les sean de aplicación, así como cualquier otra atribuible a la actuación objeto de ayuda.
- Con carácter general, los proyectos de inversiones no productivas:
- Tendrán como objetivo la mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y la cooperación.
- Los proyectos no productivos promovidos por Entidades Locales o Mancomunidades de municipios, para ser subvencionables, deben reunir los siguientes requisitos:
- Las actuaciones que repercutan en bienes o servicios públicos no pueden ser objeto de venta.
- Las actuaciones que repercutan en gastos o inversiones sobre bienes o servicios públicos prestados por Entidades Públicas en el ejercicio de sus funciones, entendiendo como tales las desarrolladas por Mancomunidades de municipios, Ayuntamientos o Entidades Locales Menores, deben estar sujetas a lo regulado en los artículos 25, 26 y 86 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- En caso de gastos o inversiones en bienes inmuebles o muebles destinados a actividades de tipo social (incluida la atención a la discapacidad y la dependencia), cultural, deportivo, ambiental, turístico o de ocio, no se admitirá el cobro por la prestación del servicio.
Plazos
Desde: 30/07/2024 Hasta: 30/08/2024. Pendiente de la publicación de convocatoria en el DOE
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) de España para el periodo 2023-2027 incluye la Intervención 7119 LEADER cuya finalidad es la aplicación de estrategias innovadoras mediante el método LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Resumen
Estas ayudas, enmarcadas en el programa LEADER del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC), están diseñadas para impulsar el desarrollo rural en los municipios de Extremadura. Se centran en la diversificación de las actividades económicas, especialmente las no agrícolas, y son gestionadas por los Grupos de Acción Local (GAL) en las comarcas seleccionadas.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades económicas en el medio rural.
- Administraciones públicas y entidades locales.
- Grupos de Acción Local.
Antes de empezar:
- Es fundamental que las actuaciones subvencionadas estén contempladas en las estrategias de desarrollo local de las comarcas.
- Verificar los requisitos específicos para cada tipo de beneficiario.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante.
- NIF/CIF del solicitante.
- Certificado del acuerdo para iniciar la acción (en caso de entidades locales).
- Proyecto o memoria detallada de la inversión.
- Facturas pro-forma y presupuestos.
- Declaraciones responsables.
- Documentación acreditativa del tamaño de la empresa (si aplica).
- Permisos y registros necesarios para la actividad.
Requisitos previos:
- No estar incurso en causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con los requisitos específicos de cada convocatoria.
Costes y plazos:
- Los costes varían según la actividad y el tipo de beneficiario.
- El plazo de presentación se indica en cada convocatoria.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Contactar con el Grupo de Acción Local (GAL) de la comarca correspondiente.
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud de forma telemática a través del portal de la Junta de Extremadura.
- Realizar el seguimiento de la solicitud a través del portal Laboreo.
Información sobre cada etapa:
- Cada GAL tiene sus propios criterios de selección y prioridades.
- Es importante leer detenidamente las bases reguladoras y la convocatoria.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se notifica la resolución al solicitante.
- En caso de ser favorable, se procede al pago de la ayuda.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Siguiente pasos:
- Ejecutar el proyecto o actividad según lo aprobado.
- Justificar la inversión realizada.
- Cumplir con los compromisos adquiridos.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Servicio de Diversificación del Medio Rural.
- Avenida Luis Ramallo, S/N, 06800, Mérida.
Recursos adicionales:
- Desarrollo rural
- Territorio
- DOE Anuncio
- DATOS GRUPOS DE ACCIÓN LOCAL
- CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
- DECRETO78/2024, DE 23 DE JULIO
- CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
- Solicitud de ayuda, documentación a presentar, autorización y declaración
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes para más detalles.