Ayudas destinadas a la creación de empleo estable mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores. Programa I - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Fomentar la creación de empleo estable facilitando la incorporación de nuevos socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales.
¿Quién puede solicitarlo?
Sociedades cooperativas (excepto las de crédito y seguros), sociedades laborales y sociedades cooperativas y laborales que provengan de asociaciones sin ánimo de lucro.
Requisitos principales
- Las personas socias trabajadoras o de trabajo deben estar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en los Servicios Públicos de Empleo y carecer de ocupación laboral el día de la contratación.
- Este requisito no es necesario en caso de transformación de contratos temporales en indefinidos.
Plazos
Desde el 16/11/2024 hasta el 17/11/2025.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Las cuantías de las ayudas varían según el colectivo al que pertenezca el nuevo socio (mujeres, personas con discapacidad, jóvenes, mayores de 45 años, etc.) y si la entidad tiene la Cláusula de Responsabilidad Social o un Plan de Igualdad de Género.
Resumen
Este programa ofrece ayudas para fomentar la creación de empleo estable en Extremadura, apoyando la incorporación de personas como socios trabajadores o de trabajo en sociedades cooperativas y laborales.
Quién puede usar este servicio
Sociedades cooperativas y laborales de Extremadura que incorporen nuevos socios trabajadores o de trabajo.
Antes de empezar
Es importante revisar los requisitos específicos del programa y asegurarse de que tanto la empresa como los nuevos socios cumplen con las condiciones establecidas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Documentación general de la entidad solicitante (certificaciones del Registro Mercantil y de Sociedades Cooperativas, libros de registro, etc.).
- Informe de vida laboral de la entidad solicitante.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda del Estado y la Seguridad Social.
- Informe de vida laboral de la persona socia trabajadora o de trabajo.
- Certificado de inscripción como demandante de empleo de la persona socia trabajadora o de trabajo.
- Documentación acreditativa de la adquisición de la condición de persona socia trabajadora o de trabajo (certificación de la sociedad o copia de la escritura pública).
Requisitos previos
- Las personas socias trabajadoras o de trabajo deben estar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en los Servicios Públicos de Empleo y carecer de ocupación laboral el día de la contratación.
- Este requisito no es necesario en caso de transformación de contratos temporales en indefinidos.
Costes y plazos
- El trámite es gratuito.
- El plazo de presentación de solicitudes es desde el 16/11/2024 hasta el 17/11/2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Revisar la normativa y los requisitos del programa.
- Preparar la documentación necesaria.
- Presentar la solicitud de forma telemática a través del enlace proporcionado: Tramitar en línea
Información sobre cada etapa
El proceso implica la revisión de la documentación, la comprobación de los requisitos y la resolución de la solicitud.
Tiempos de espera
El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución a la entidad solicitante.
Plazos de resolución
El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.
Siguiente pasos
En caso de resolución favorable, se procederá al pago de la ayuda. En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer recurso de alzada o de reposición.
Ayuda
Contacto
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) Dirección General de Empleo Servicio de Economía Social y Autoempleo Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales
- Anexo Programa I-III-IV
- DECRETO 123/2024, de 24 de septiembre
- EXTRACTO del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre
- Cláusula de protección de datos
Preguntas frecuentes
(Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa).
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
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- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
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