Ayudas destinadas a fomentar la consolidación del empleo en sociedades cooperativas, laborales y sus entidades asociativas. Programa IV - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ayudas para mantener los puestos de trabajo creados en programas anteriores (Programa I y Programa II) de fomento del empleo en sociedades cooperativas, laborales y sus entidades asociativas.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades que hayan recibido ayudas del Programa I o Programa II.

Requisitos principales

  • Las entidades beneficiarias deben mantener los puestos o contratos subvencionados durante un mínimo de 36 meses desde el alta o modificación en la Seguridad Social.

Plazos

Desde el 16/11/2024 hasta el 17/11/2025.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El Programa IV se financia con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Resumen

Ayudas económicas para fomentar la estabilidad laboral en sociedades cooperativas y laborales, así como en sus entidades asociativas. Este programa, denominado Programa IV, está gestionado por la Junta de Extremadura.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades que ya hayan recibido ayudas de los programas I y II.

Lo que necesitas

  • Requisitos: Mantener los puestos de trabajo o contratos subvencionados durante al menos 36 meses desde la fecha de alta o modificación en la Seguridad Social.
  • Cuantía: Se puede incrementar el importe concedido en 2.500,00 euros si se mantienen los puestos o contratos subvencionados durante 12 meses adicionales al período obligatorio de 24 meses.
  • Documentación: No se requiere documentación específica para este programa.

Cómo hacerlo

  • Paso a paso:

    1. Revisar los requisitos y la normativa aplicable.
    2. Preparar la solicitud y los anexos necesarios (si aplica).
    3. Presentar la solicitud a través de la plataforma electrónica de la Junta de Extremadura.
  • Tramitar en línea:

  • Plazo de presentación: Desde el 16/11/2024 hasta el 17/11/2025.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio (si no hay respuesta en 3 meses, se considera rechazada).
  • Recursos: Se puede interponer recurso de alzada o reposición.

Ayuda

  • Órgano gestor:
    • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    • Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    • Dirección General de Empleo
    • Servicio de Economía Social y Autoempleo
    • Avenida Valhondo, 06800, Mérida
  • Más información:

Solicitud y Anexos

Normativa


Preguntas frecuentes


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