Ayudas destinada a financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda está destinada a financiar los gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas que residen en el exterior, así como de sus federaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.
Requisitos principales
- Estar inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas en el Exterior.
- Cumplir con los requisitos de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de entidad beneficiaria según la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Presentar una previsión anual de gastos de funcionamiento de al menos 1.000 €.
- Acompañar una memoria de las actividades realizadas en el año anterior (excepto para comunidades y federaciones de nueva creación).
Plazos
Desde el 9 de enero de 2025 hasta el 29 de octubre de 2025.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Cada comunidad o federación solo puede presentar una solicitud. Si se presentan varias, solo se tramitará la primera.
Resumen
Ayudas económicas destinadas a cubrir los gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas que residen fuera de España y sus federaciones.
Quién puede usar este servicio:
Comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones que cumplan los requisitos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud (Anexo I).
- Declaraciones y autorizaciones (Anexo II).
- Relación de gastos (Anexo III).
- Justificantes de estar al corriente de las obligaciones tributarias (si no se autoriza la consulta de oficio).
Requisitos previos:
- Estar inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas en el Exterior.
- Cumplir los requisitos de la Ley 6/2009.
- No estar incurso en causas que impidan ser beneficiario de subvenciones.
- Presentar previsión de gastos de al menos 1.000 €.
- Acompañar memoria de actividades del año anterior (excepto nuevas comunidades).
Costes y plazos:
- El plazo de presentación es del 9 de enero de 2025 al 29 de octubre de 2025.
- La ayuda cubre el 50% de los gastos subvencionables para comunidades (máximo 2.500 €) y el 70% para federaciones (máximo 2.900 €).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Completa el formulario de solicitud y los anexos.
- Presenta la solicitud de forma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe estar firmada por el representante legal de la entidad.
- Se debe detallar el presupuesto de gastos de funcionamiento anuales.
- Solo se admite una solicitud por comunidad o federación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La administración revisará la solicitud y la documentación presentada.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Siguientes pasos:
Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la ayuda. Si es denegada, se podrá interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social Dirección General de Acción Exterior Servicio de Acción Exterior Plaza del Rastro, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Normativa relacionada
- DECRETO del Presidente 40/2021, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a gastos de funcionamiento de las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones
- CORRECCIÓN de errores del Decreto del Presidente 40/2021, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a gastos de funcionamiento de las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones
- RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2025