AYUDAS DEL RÉGIMEN DE JÓVENES AGRICULTORES (ASOCIADAS AL PAGO BÁSICO)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • Finalidad

    Facilitar el acceso a la actividad agrícola de los jóvenes agricultores.

    Destinatarios

    Personas físicas menores de 40 años, o jurídicas, que comiencen su actividad agrícola y cumplan las condiciones previstas en el artículo 24 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos del régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.

    Plazo de presentación

    Del 1 de marzo al 15 de mayo de 2015.

    Lugar de presentación

    Oficinas de registro...

    Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos del régimen de pago básico del régimen de la política agraria comunitaria (B.O.E. Nº 307, DE 20-12-2014)

    Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, Campaña 2015/2016, en la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 40, DE 27-02-2015)

    Orden de 1 de junio de 2015 por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2015/2016, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE de 15 de junio de 2015)

    Plazo normativo para resolver

    Seis meses.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Impugnación ví­a administrativa

    La resolución de la DG de PAC pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución que se quiere impugnar.

    Tendrán derecho a percibir el pago complementario para los jóvenes agricultores, aquellos agricultores que cumplan los siguientes requisitos:

    a) Que no tengan más de 40 años de edad en el año de presentación de su primera solicitud de derechos de pago básico.

    b) Que se instalen por primera vez en una explotación agraria como responsable de la misma, o que se hayan instalado en dicha explotación, como responsables, en los cinco años anteriores a la primera presentación de una solicitud al amparo del régimen de pago básico. Se considerará que un joven agricultor es responsable de la explotación si ejerce un control efectivo a largo plazo en lo que respecta a las decisiones relativas a la gestión, los beneficios y los riesgos financieros de la explotación. A efectos de este apartado, la primera instalación se considerará desde la fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación.

    c) Que tengan derecho a un pago en virtud del régimen de pago básico y hayan activado los correspondientes derechos de pago.

    d) Que cumplan las condiciones establecidas para los jóvenes agricultores, tanto personas físicas como jurídicas, en el marco de la asignación de derechos de la Reserva Nacional de Pago Básico regulada en el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la política agrícola común plazo en lo que respecta a las decisiones relativas a la gestión, los beneficios y los riesgos financieros de la explotación. A efectos de este apartado, la primera instalación se considerará desde la fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social

    El importe de la ayuda es el 25% del valor medio de los derechos de pago en propiedad o arrendamiento que posea el agricultor, hasta un máximo de 90 derechos.

    Solicitud Única a través de la aplicación informática ARADO

    Enlace externo a la solicitud

    ACCESO A LA PLATAFORMA ARADO (PROVEEDOR 1)

    ACCESO A LA PLATAFORMA ARADO (PROVEEDOR 2)

    Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos del régimen de pago básico del régimen de la política agraria comunitaria (B.O.E. Nº 307, DE 20-12-2014)

    Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, Campaña 2015/2016, en la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 40, DE 27-02-2015)

    Orden de 1 de junio de 2015 por la que se modifica la Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de operadores-productores integrados y de explotaciones agrarias, campaña 2015/2016, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE de 15 de junio de 2015)

    Dirección General de Política Agraria Comunitaria.

    Plazo normativo para resolver

    Seis meses.

    Efecto del silencio administrativo

    Desestimatorio

    Impugnación ví­a administrativa

    La resolución de la DG de PAC pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución que se quiere impugnar.

    í?rgano gestor

    D. GRAL. DE POLíTICA AGRARIA COMUNITARIA
    AVDA. LUIS RAMALLO, S/N.
    06800 MERIDA
    dgpac.marpat@gobex.es
    924002159

    Oficinas de la administración

    Centro de Atención Administrativa de Guareña

    Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

    Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

    Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

    Tel. 924025709

    Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

    Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

    Tel. 927016820

    Dirección General de Personal Docente

    Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

    Tel. 924008004

    Centro de Atención Administrativa de Montánchez

    Plaza España 1, 10170, Montánchez

    Centro de Empleo de Casar de Palomero

    Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

    Tel. 927015775

    Centro de Empleo de Mérida 1

    Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

    Tel. 924003035

    Centro de Atención Administrativa de Monesterio

    Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

    Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

    Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

    Tel. 924388081

    E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

    Calle Correderea 34, 10800, Coria

    Tel. 927013032

    Gerencia de Área de Salud de Cáceres

    Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

    Tel. 927256364

    Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

    Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

    Tel. 927005003

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