Ayudas al sostenimiento del puesto de Secretaría e Intervención - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Financiar los gastos de personal necesarios para la prestación en común de un puesto de Secretaría-Intervención de forma agrupada.

¿Quién puede solicitarlo?

Agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención o entidades en proceso de constituir dicha agrupación.

Requisitos principales

  • Tener cubierto el puesto de trabajo agrupado según lo previsto en el Real Decreto 128/2018.
  • No estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario según la Ley 6/2011.
  • Haber remitido la Liquidación del Presupuesto General de la Corporación correspondiente al último ejercicio liquidado.
  • Haber remitido el Presupuesto del ejercicio en que se solicita la subvención o comunicación de la prórroga del Presupuesto anterior.

Plazos

Desde el 04/11/2024 hasta el 22/11/2024.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Las ayudas son financiadas por la Junta de Extremadura en colaboración con la Diputación Provincial.

Resumen

Ayudas destinadas a fomentar las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría e Intervención.

Quién puede usar este servicio:

  • Agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención.
  • Entidades locales que se encuentren en proceso de constituir agrupación para el mantenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Solicitud, según modelo Anexo I.
  • Declaración responsable de cada una de las entidades locales solicitantes (Anexo II).
  • Memoria descriptiva de la actividad a la que va a destinarse la ayuda.
  • Compromiso de ejecución asumido por cada entidad local integrante de la agrupación.
  • Certificación mensual, por conceptos retributivos, de los haberes correspondientes al titular del puesto agrupado.
  • Certificación del secretario acreditativa del coste total anual que le suponga a cada una de las entidades locales agrupadas el mantenimiento del puesto de trabajo agrupado.
  • Certificación de transferencias corrientes finalistas o cualquier otro ingreso afectado.
  • Certificación de no contemplar en sus plantillas de personal puestos de trabajo de Técnico de Administración General o Técnico de Gestión.
  • Certificación de otras ayudas o subvenciones solicitadas o concedidas (Anexo III).

Requisitos:

  • Tener cubierto el puesto de trabajo agrupado por cualquiera de las formas previstas en los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018.
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiarios en el artículo 12 de la Ley 6/2011.
  • Haber remitido a la Dirección General competente en materia de administración local, copia de la Liquidación del Presupuesto General de la Corporación correspondiente al último ejercicio liquidado.
  • Haber remitido a la Dirección General competente en materia de administración local, copia del Presupuesto del ejercicio en que se solicita la subvención o, en su caso, comunicación de la prórroga del Presupuesto del ejercicio anterior.

Costes y plazos:

  • El crédito para atender estas ayudas asciende a 150.000 euros.
  • Plazo de presentación: Desde 04/11/2024 Hasta: 22/11/2024

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud y la documentación.

Después de hacerlo

  • Plazo para resolver: 3 meses
  • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
  • Fin vía administrativa: No
  • Impugnación vía administrativa: Sí
  • Recursos que proceden: Recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social Dirección General de Administración Local Servicio de Coordinación de Financiación Local Paseo De Roma 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Solicitud y Anexos

Formularios de solicitud:

Enlaces a anexos:

Normativa


Preguntas frecuentes


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