AYUDAS A LA NUEVA PARTICIPACIÓN EN REGÍMENES DE CALIDAD DIFERENCIADA. CONVOCATORIAS 2016 Y 2017
Finalidad
Establecer ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, para los agricultores y sus agrupaciones que participen por primera vez en regímenes de calidad de los alimentos.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la nueva participación en regímenes de calidad diferenciada aquellos agricultores que sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y que participen por primera vez en uno de los regímenes de calidad elegibles y reconocidos a nivel comunitario o a nivel nacional que se relacionan a continuación, que hayan sido dados de alta en el régimen correspondiente a partir del 1 de enero de 2014:
Plazo de presentación
Año 2016: del 30 de julio al 23 de agosto, ambos inclusive.
Lugar de presentación
Plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Podrá interponerse recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio en los plazos y términos recogidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.
Los beneficiarios de las ayudas contenidas en el Capítulo II de la Orden de 27 de julio de 2016 deberán cumplir los siguientes requisitos:
A. Gastos subvencionables y no subvencionables.
B. Cuantía de la subvención.
La solicitud de la subvención, será conforme al modelo normalizado que obra en el Anexo I de la presente orden y se dirigirán a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, Avda. de Luis Ramallo, s/n., 06800 Mérida.
Las solicitudes de ayuda deberán acompañarse de la siguiente documentación:
El titular de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
Plazo máximo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
Podrá interponerse recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio en los plazos y términos recogidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.
í?rgano gestor
D. GRAL. DE AGRICULTURA Y GANADERíAAVDA. LUIS RAMALLO, S/N.
06800 MERIDA
dgayg.marpat@gobex.es
924002347