Ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Decreto 71/2022, de 8 de junio - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Financiar obras de rehabilitación en edificios residenciales y la mejora de espacios públicos en áreas delimitadas como Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) en municipios de Extremadura.
¿Quién puede solicitarlo?
Ayuntamientos de cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de su número de habitantes, que asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito del ERRP delimitado para la actuación. Se excluyen municipios de más de 50.000 habitantes que hayan recibido subvención directa para este programa, salvo que actúen fuera del Plan Especial de centros históricos.
Requisitos principales
- El ámbito de actuación debe ser un barrio o zona delimitada territorialmente como Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP).
- Al menos el 50% de la edificabilidad sobre rasante debe ser de uso residencial.
- Los edificios deben disponer de proyecto de las actuaciones a realizar o, en su defecto, una memoria técnica.
- Retirar productos de construcción que contengan amianto.
- En edificios de tipología residencial colectiva, al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante debe ser de uso residencial.
- Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios (si aplica).
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes concluyó el 30 de abril de 2024.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La financiación proviene del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para realizar obras de rehabilitación en edificios de uso residencial y para mejorar espacios públicos en municipios de Extremadura. El objetivo es financiar actuaciones en áreas delimitadas como Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP).
Quién puede usar este servicio:
Ayuntamientos de municipios de Extremadura, excepto aquellos de más de 50.000 habitantes que ya hayan recibido subvención directa para este programa, salvo que actúen fuera del Plan Especial de centros históricos.
Antes de empezar:
Es importante revisar los requisitos del Decreto 71/2022 y el Decreto 289/2023, que regulan estas ayudas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Propuesta del órgano municipal competente con información detallada del ámbito de actuación.
- Memoria-programa con diagnóstico, programa de actuaciones, viabilidad técnica y económica, objetivos energéticos y medioambientales, plan de realojo (si es necesario) y perspectiva de género.
- Fichas resumen de la actuación según modelo normalizado.
- Declaración responsable del Ayuntamiento sobre ayudas concedidas y cumplimiento de límites.
- Informe justificativo del gestor de la rehabilitación sobre los criterios de selección del ERRP.
- Libro del edificio existente para la rehabilitación o estudio de mejora (opcional al inicio, obligatorio antes del pago anticipado).
- Proyectos de rehabilitación y urbanización con visado colegial o informe de supervisi ón (opcional al inicio, obligatorio antes del pago anticipado).
- Acuerdo de la comunidad de propietarios (si aplica).
- Solicitud de expediente individualizado de situación de vulnerabilidad (si aplica).
- Documentación para acreditar el número de miembros de la unidad de convivencia (si aplica).
- Copia de la Declaración del IRPF de todos los miembros de la familia (si aplica).
Requisitos previos:
- El ámbito de actuación debe ser un barrio o zona delimitada territorialmente como Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP).
- Al menos el 50% de la edificabilidad sobre rasante debe ser de uso residencial.
- Los edificios deben disponer de proyecto de las actuaciones a realizar o, en su defecto, una memoria técnica.
- Retirar productos de construcción que contengan amianto.
- En edificios de tipología residencial colectiva, al menos el 50% de la superficie construida sobre rasante debe ser de uso residencial.
- Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios (si aplica).
Costes y plazos:
- El coste de las ayudas se determina en función del coste total de las actuaciones, con diferentes límites según el tipo de actuación y el ahorro energético conseguido.
- El plazo de presentación de solicitudes concluyó el 30 de abril de 2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación en el registro electrónico de la Junta de Extremadura.
- Esperar la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse telemáticamente a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura.
- Es importante adjuntar toda la documentación requerida para evitar retrasos en la tramitación.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver la solicitud es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez resuelta la solicitud, se notificará la resolución al Ayuntamiento.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Siguiente pasos:
En caso de resolución favorable, el Ayuntamiento deberá ejecutar las actuaciones subvencionadas y justificar los gastos realizados.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Proyectos y Obras Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Decreto 71/2022
- Decreto 289/2023
- Extracto Decreto Barrios
- Modificación extracto Decreto Barrios
- Cláusula
- Decreto Modificación
Preguntas frecuentes:
Ver sección FAQ para preguntas frecuentes sobre este trámite.