Ayuda a la mejora en bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de bovino y/o caprino - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvenciones para mejorar la bioseguridad en explotaciones ganaderas extensivas de bovino y/o caprino, como medida para controlar la tuberculosis y permitir la convivencia con la fauna silvestre.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de explotaciones ganaderas extensivas de bovino y/o caprino en Extremadura.

Requisitos principales

  • Ser titular de una explotación ganadera activa de bovino y/o caprino.
  • Compromiso de mantener la actividad ganadera durante al menos cinco años.
  • Cumplir con los programas nacionales de erradicación de enfermedades.
  • No haber sido sancionado por faltas graves o muy graves en sanidad y bienestar animal en los dos años anteriores.
  • Presentar un Programa de Bioseguridad de la explotación.
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
  • No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.

Plazos

El plazo de presentación fue de 30 días hábiles desde el 25 de noviembre de 2022 hasta el 11 de enero de 2023.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

La ayuda es una subvención de capital del 50% de la inversión aprobada, con un mínimo de 3.000 € y un máximo de 30.000 € por explotación. Los gastos están cofinanciados por el FEADER (80%), el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Junta de Extremadura.

Resumen

Ayudas para mejorar la bioseguridad en explotaciones ganaderas extensivas de bovino y/o caprino en Extremadura. El objetivo es complementar el control de la tuberculosis y permitir la coexistencia de la ganadería con la fauna silvestre.

Quiénes pueden solicitarla: Titulares de explotaciones ganaderas extensivas de bovino y/o caprino.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Memoria descriptiva de inversión (Anexo II).
  • Programa de bioseguridad firmado por el titular y veterinario (Anexo III).
  • En explotaciones comunales, relación y firma de todos los titulares (Anexo VI).
  • Informe requerido para inversiones en instalaciones (apartado 2, letra b), ordinal 4º).
  • Facturas pro-forma de las inversiones propuestas.
  • Fotocopia del NIF de la forma jurídica.
  • Estatutos de constitución (si no autoriza la consulta de oficio).
  • Acreditación de la representación y copia del NIF del representante (salvo autorización de consulta).
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (si no autoriza la consulta).
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica (si se opone a la consulta).
  • Certificado de cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social (si se opone a la consulta).
  • Fotocopia del DNI (si se opone a la consulta de datos de identidad).
  • Certificado de pertenencia a una cooperativa ganadera u otra asociación agraria.
  • Documento a aportar por cada miembro de la entidad sin personalidad jurídica (Anexo I).
  • Declaración responsable del representante de la entidad sin personalidad jurídica (Anexo I).

Requisitos

  • Ser titular de una explotación ganadera activa de bovino y/o caprino.
  • Compromiso de mantener la actividad ganadera durante al menos cinco años.
  • Cumplir con los programas nacionales de erradicación de enfermedades.
  • No haber sido sancionado por faltas graves o muy graves en sanidad y bienestar animal en los dos años anteriores.
  • Presentar un Programa de Bioseguridad de la explotación.
  • Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
  • No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.

Cuantía

La ayuda es del 50% de la inversión aprobada, con un mínimo de 3.000 € y un máximo de 30.000 € por explotación.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Presentar la solicitud y la documentación.

Plazos

El plazo de presentación fue de 30 días hábiles desde el 25 de noviembre de 2022 hasta el 11 de enero de 2023.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Se evaluará la solicitud y se emitirá una resolución.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio.

Ayuda

Órgano gestor

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Agricultura y Ganadería Servicio de Sanidad Animal Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida

Normativa

Más información

Solicitud y Anexos


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