Ayuda a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer ayudas económicas a personas que contraten a alguien para el cuidado de menores de 14 años o familiares con discapacidad en su domicilio, fomentando así la conciliación laboral y familiar.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas que contraten a alguien para el cuidado, en su domicilio, de hijos menores de 14 años o familiares de primer o segundo grado con una discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos principales

  • Ser mayor de edad.
  • Residir y estar empadronado en un municipio de Extremadura junto con el menor de 14 años o familiar con discapacidad.
  • Convivir con el menor o familiar con discapacidad.
  • Ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o propia (tanto el solicitante como su pareja, si la hay).
  • Figurar como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada.
  • No estar en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de menor.
  • No estar privado de la patria potestad ni tener la tutela o guarda asumida por una institución pública.
  • No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes fue del 19 de junio de 2024 al 30 de octubre de 2024.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La cuantía de la ayuda se incrementará en un 10% si el solicitante reside en un municipio de menos de 5000 habitantes, si la persona contratada es víctima de violencia de género, o si la unidad familiar es monoparental. Estos incrementos son acumulables hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.

Resumen

Este trámite ofrece ayudas para la contratación de personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos menores de 14 años o familiares de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%. El objetivo es fomentar la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral.

Quién puede usar este servicio:

Personas físicas que contraten a una persona para el cuidado, en el domicilio, de hijos o hijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos de edad, residencia y empadronamiento.
  • Ten a mano la documentación necesaria, como el libro de familia, el contrato de trabajo de la persona contratada y los certificados de discapacidad, si aplica.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Libro de familia o documento análogo.
  • Documento de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.
  • Tarjeta de demanda de empleo de la persona contratada, en su caso.
  • Contrato de trabajo suscrito.
  • Certificado de delitos de naturaleza sexual de la persona contratada, conforme a la Ley Orgánica 1/1996.
  • Vida laboral del cónyuge o pareja de la persona solicitante de la ayuda, en caso de no ser familia monoparental.
  • Resolución judicial, administrativa o documento análogo en supuestos de adopción o acogimiento.
  • Sentencia o convenio regulador ratificado por el juzgado en caso de nulidad, separación o divorcio.
  • Pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como el certificado de registro como residente comunitario (si eres nacional de la UE, EEE o Suiza).
  • Documento que acredite la autorización de residencia o la autorización de residencia y trabajo (si eres extranjero no incluido en el punto anterior).
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda.
  • Declaración responsable de no haber obtenido ayudas, subvención o auxilio de similar naturaleza, salvo que sean compatibles con las presentes ayudas.
  • Declaración responsable sobre la veracidad de los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña, y sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas ayudas.
  • Modelo de Alta a Terceros en el supuesto de no figurar de alta en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
  • Certificado acreditativo de la discapacidad reconocida igual o superior al 33% del familiar dependiente, en su caso.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de alguno o algunos de los criterios de vulnerabilidad recogidos en el Anexo II del presente decreto.
  • Certificado de empadronamiento de la persona contratada.

Requisitos previos:

  • Ser mayor de edad.
  • Residir y figurar empadronada junto con el hijo o la hija menor de 14 años o el familiar con discapacidad en un municipio de Extremadura.
  • Convivir con el hijo o hija menor de 14 años, o familiar con discapacidad.
  • La persona beneficiaria y, en su caso, su pareja conviviente, deben ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia.
  • Figurar como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada.
  • Ninguno de los integrantes de la unidad familiar puede encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor.
  • No ser persona progenitora privada de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guarda fue asumida por una institución pública.
  • No estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario de la ayuda.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo de presentación de solicitudes fue del 19/06/2024 al 30/10/2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Completa el Modelo de Solicitud.
  3. Presenta la solicitud y la documentación requerida en el plazo establecido.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si todo está correcto, emitirá una resolución.

Plazos de resolución:

El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Siguientes pasos:

Si la resolución es favorable, recibirás la ayuda económica. Si es desfavorable, podrás interponer un recurso de reposición.

Ayuda

Contacto:

Presidencia de la Junta de Extremadura Secretaría General de Igualdad y Conciliación Unidad de Planificación, Coordinación, Seguimiento y Evaluación Plaza Del Rastro, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

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