AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE NÚCLEOS ZOOLÓGICOS
Finalidad
Obtener la autorización zoosanitaria para la inscripción y registro de núcleos zoológicos, instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos de especies no productivas y establecimientos para la venta de animales de compañía.
Destinatarios
Personas físicas y jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
ORDEN MAPA de 28-07-80 (BOE Nº 219, de 11-9-1980)
DTO. 1119/75 (BOE Nº 128, de 29-5-1975)
Decreto 1119/1975, de 24 de abril, sobre autorización y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares (BOE nº 128, de 29-05-75)
Orden de 28 de julio de 1980 por la que se dan normas sobre núcleos zoológicos, establecimientos para la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares (BOE Nº 219, de 11-09-80)
Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (BOE Nº 201, DE 22-08-2002)
Ley 7/2005, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de protección de los animales en Extremadura. (BOE Nº 40, DE 16-02-2006)
Plazo normativo para resolver
Tres meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Destinado a titulares de núcleos zoológicos, instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos de especies no productivas y establecimientos para la venta de animales de compañía que cumplan los siguientes requisitos:
a) Disponer de instalaciones adecuadas para el albergue de los animales.
b) Estar respaldado por veterinario que responda del correcto programa de manejo y trato de los animales así como de la higiene y profilaxis.
- Solicitud de inscripción en el Registro de Núcleos Zoológicos y en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (según Modelo de Solicitud).
- Consentimiento del interesado para poder consultar sus datos en los sistemas de verificación ofrecidos por el Ministerio de Administraciones Públicas, o fotocopia compulsada del NIF.
- Fotocopia compulsada de la escritura, cédula catastral, contrato de compraventa o contrato de arrendamiento que acredite la propiedad o usufructo del terreno o local, o el consentimiento para el ejercicio de la actividad solicitada
- Proyecto que contenga memoria descriptiva, planos o croquis de situación, distribución de las construcciones, instalaciones, dependencias y acceso
- Informe técnico zoosanitario suscrito por el/la Veterinario/a Colegiado/a Director/a Técnico del Núcleo Zoológico.
- Nombramiento del/de la responsable técnico/a veterinario/a del núcleo zoológico por parte de el/la titular con la firma de ambos/as: titular y veterinario/a.
- Autorización municipal según corresponda.
Ante la aprobación se emitirá resolución de inscripción en el Registro de Núcleos Zoológicos y además quedará inscrito en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
Formularios de solicitud
Anexos
Autorización para recabar datos personales.
Consentimiento del interesado para el tratamiento de datos
ORDEN MAPA de 28-07-80 (BOE Nº 219, de 11-9-1980)
DTO. 1119/75 (BOE Nº 128, de 29-5-1975)
Decreto 1119/1975, de 24 de abril, sobre autorización y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares (BOE nº 128, de 29-05-75)
Orden de 28 de julio de 1980 por la que se dan normas sobre núcleos zoológicos, establecimientos para la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares (BOE Nº 219, de 11-09-80)
Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (BOE Nº 201, DE 22-08-2002)
Ley 7/2005, de 27 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de protección de los animales en Extremadura. (BOE Nº 40, DE 16-02-2006)
Director/a General de Agricultura y Ganadería.
Plazo normativo para resolver
Tres meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
í?rgano gestor
D. GRAL. DE AGRICULTURA Y GANADERíAAVDA. LUIS RAMALLO, S/N.
06800 MERIDA
dgayg.marpat@gobex.es
924002347
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
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- Decreto 1119/1975, de 24 de abril, sobre autorización y registro de núcleos zoológicos, establecimientos para la práctica de la equitación, centros para el fomento y cuidado de animales de compañía y similares (BOE nº 128, de 29-05-75)
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