AUTORIZACIÓN PARA EL USO DEL SELLO ESPECIAL RELATIVO AL TRANSPORTE DE LOS PRODUCTOS VITIVINÍCOLAS
Finalidad
Regular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) Los documentos que han de acompañar el transporte de productos del sector vitivinícola, cuando el inicio del transporte tenga lugar en la Comunidad y el destino sea cualquier lugar del territorio de la Unión Europea.
b) Los Libros de registros que se han de llevar en dicho sector, en los que se deberán anotar los movimientos de dichos productos, las prácticas enológicas y los productos empleados en los procesos de elaboración, así como las características específicas de los productos elaborados o comercializados.
c) La designación y protección de los productos vitivinícolas, en lo que respecta a menciones facultativas que sean características de Extremadura.
Destinatarios
Todos aquellos productores y/o comercializadores de vinos de Extremadura que lo soliciten, a los que se les otorgará una delegación de uso del sello, siempre que cumplan la normativa.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
Plazo normativo para resolver
Tres meses, a partir de la presetación de la solicitud
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
Es preciso que sea una actividad habitual, amparada por la utilización de documentos de acompañamiento en el transporte de los productos.
Para la obtención del sello especial, es preciso presentar solicitud similar a la que se adjunta en el Modelo de Solicitud, cabiendo la posibilidad de que el solicitante pueda presentar otro modelo.
Formularios de solicitud
Anexos
Director General.
Plazo normativo para resolver
Tres meses, a partir de la presetación de la solicitud
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
í?rgano gestor
D. GRAL. DE AGRICULTURA Y GANADERíAAVDA. LUIS RAMALLO, S/N.
06800 MERIDA
dgayg.marpat@gobex.es
924002347