Autorización excepcional de acciones de control poblacional de especies silvestres - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar autorización para controlar poblaciones de especies silvestres y prevenir daños importantes a cultivos, ganado, pesca y calidad de las aguas.

¿Quién puede solicitarlo?

Agricultores, ganaderos y empresas.

Requisitos principales

  • Ser titular de una explotación agrícola, ganadera, apícola o de acuicultura.

Plazos

Durante todo el año.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

El silencio administrativo es desestimatorio. Se puede interponer recurso de alzada.

Resumen

Este trámite permite solicitar una autorización excepcional para controlar poblaciones de especies silvestres que estén causando daños importantes a los cultivos, al ganado, a la pesca o a la calidad de las aguas.

Quién puede usar este servicio

Agricultores, ganaderos y empresas titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, apícolas o de acuicultura.

Antes de empezar

Es importante tener preparada la documentación necesaria para acreditar los daños y la titularidad de la explotación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud.
  • Prueba documental o gráfica del daño causado.
  • Poder de representación (si el solicitante no es el titular).
  • NIF, estatutos y escrituras de constitución (si el solicitante es persona jurídica).
  • En caso de no autorizar la consulta de datos: Solicitud PAC más reciente y declaración en el Registro de Explotaciones Agrarias.

Requisitos previos

  • Ser titular de una explotación agrícola, ganadera, apícola o de acuicultura.

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • Se puede solicitar durante todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Acceder a la plataforma de solicitud a través de este enlace: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login
  3. Completar el formulario de solicitud con la información requerida.
  4. Adjuntar la documentación necesaria.
  5. Presentar la solicitud.

Información sobre cada etapa

  • La solicitud se puede presentar de forma telemática a través de la plataforma ARADO o de forma presencial en las oficinas habilitadas.

Tiempos de espera

  • El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se emitirá una resolución.

Plazos de resolución

  • El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Siguiente pasos

  • Si la resolución es favorable, se podrá proceder al control de la población de especies silvestres siguiendo las indicaciones de la autorización.
  • Si la resolución es desfavorable, se podrá interponer recurso de alzada.

Ayuda

Contacto

  • Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
  • Dirección General de Sostenibilidad
  • Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
  • Avenida Valhondo, s/n
  • 06800, Mérida

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

  • ¿Cuál es la finalidad de esta autorización? La autorización se concede para prevenir daños significativos a cultivos, ganado, bosques, pesca y la calidad de las aguas.
  • ¿Quién puede solicitar esta autorización? Pueden solicitarla agricultores, ganaderos y empresas que sean titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, apícolas o de acuicultura.
  • ¿Qué documentación necesito para solicitar la autorización? La solicitud debe ir acompañada de pruebas documentales o gráficas del daño causado, poder de representación si aplica, y documentación de la persona jurídica si es el caso.
  • ¿Quién resuelve el procedimiento? La resolución del procedimiento corresponde al titular de la Dirección General de Sostenibilidad.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el procedimiento? El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
  • ¿Qué ocurre si no recibo respuesta en el plazo establecido? Si no se recibe respuesta en 6 meses, se entiende que la solicitud ha sido desestimada.
  • ¿Qué recursos puedo interponer contra la resolución? Contra la resolución se puede interponer recurso de alzada.

Preguntas frecuentes


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