Autorización de transporte público regular de viajeros de uso especial - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a empresas de transporte público realizar servicios regulares de transporte para grupos específicos (como empleados o estudiantes) entre un punto de origen y un centro de actividad común.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos con autorización de transporte discrecional de viajeros.
Requisitos principales
- Ser titular de vehículos con autorización de transporte discrecional de viajeros.
- Servir a un grupo específico de usuarios con un centro de actividad común (colegio, fábrica, etc.).
- Realizar el servicio siguiendo un itinerario, calendario y horario predefinidos.
- En caso de transporte de menores de 16 años, los vehículos no deben tener más de 10 años (excepciones hasta 16 años bajo ciertas condiciones) y deben haber superado una inspección técnica favorable.
Plazos
La solicitud puede presentarse en cualquier momento.
Duración del trámite
Variable, no especificada.
Resumen
Este trámite permite solicitar una autorización para prestar servicios de transporte regular de viajeros de uso especial en Extremadura. Este tipo de transporte está destinado a servir exclusivamente a un grupo específico de usuarios que comparten un centro de actividad común, como empleados de una empresa o estudiantes de un colegio.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas que sean titulares de vehículos con autorización de transporte discrecional de viajeros.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener toda la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente en Modelo-50.
- Fotocopia compulsada de la tarjeta de transportes en vigor.
- Fotocopia compulsada de los permisos de circulación de los vehículos que realizarán el servicio.
- Fotocopia compulsada de la ficha técnica completa con I.T.V. en vigor de los vehículos que realizarán el servicio.
- Certificado de la compañía aseguradora donde se especifique que los vehículos tienen cubierta la responsabilidad civil ilimitada o limitada a 50 millones de euros.
- Contrato que da lugar a la prestación del transporte.
- Relación actualizada de los escolares o trabajadores que utilizarán el servicio, donde conste el N.I.F., y, además, la fecha de nacimiento en el transporte de escolares.
- Croquis del itinerario con punto de partida, paradas intermedias y destino.
Requisitos previos:
- Ser titular de vehículos con autorización de transporte discrecional de viajeros.
- Servir a un grupo homogéneo y específico de usuarios que tengan un único centro concreto de actividad común (colegio, fábrica, cuartel u otro similar) en el que el transporte tenga su origen o destino, o que, aun existiendo varios centros de actividad, cuando por su carácter de establecimientos de la misma empresa o de similar actividad, unido en su caso a la inmediata proximidad geográfica o a otras circunstancias concurrentes, quede en todo caso garantizado que van a servir a un grupo homogéneo y específico de usuarios.
- Efectuar el servicio por un itinerario preestablecido y con sujeción a calendario y horario prefijado.
- En el supuesto de transporte de menores de 16 años, además:
- Los vehículos no deben superar, al inicio del curso escolar, la antigüedad de diez años, contados desde su primera matriculación, pudiéndose admitir la adscripción de vehículos de antigüedad superior, siempre que se cumplan conjuntamente los siguientes requisitos: que el vehículo no rebase la antigüedad de dieciséis años al inicio del curso escolar y que el solicitante acredite que el vehículo se venía dedicando con anterioridad a la realización de esta misma clase de transporte.
- Los vehículos deberán haber superado favorablemente una inspección técnica en una estación de ITV, que versará sobre el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles y de las prescripciones técnicas previstas en el artículo 4 del Real Decreto 443/2001, de 27 de abril.
Costes y plazos:
- El coste corresponde a la tasa administrativa (Modelo 50).
- El plazo de presentación es permanente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Completa la solicitud utilizando los modelos disponibles:
- Presenta la solicitud y la documentación de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe incluir todos los datos necesarios y estar firmada por el solicitante o su representante.
- La documentación debe ser clara y legible.
Tiempos de espera:
- No se especifica un tiempo de espera para la resolución del trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se evaluará si se cumplen los requisitos.
Plazos de resolución:
- No aplica el silencio administrativo.
Siguiente pasos:
- Se notificará la resolución del procedimiento.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Dirección General de Movilidad y Transportes
- Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte
- Avenida de las Comunidades, S/N
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Ley 16/87, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. (B.O.E. Nº 182, DE 31-07-87)
- Real Decreto 1211/90, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. (B.O.E. Nº 241, DE 08-10-90)
- Real Decreto 443/01, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. (B.O.E. Nº 105, DE 02-05-01)
- Decreto 88/83, regulación de la autorización especial del transporte escolar en Extremadura. (D.O.E. Nº 1, DE 17-01-84)
- Decreto 87/83, sobre regulación autorización para el transporte escolar en Extremadura. (D.O.E. Nº 1, DE 17-01-84)
Representación voluntaria por medios electrónicos: