Autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas y personas físicas dedicarse al transporte público discrecional de viajeros en autobús, obteniendo la tarjeta clase VD.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas (sociedades mercantiles, sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado) que deseen realizar transporte público discrecional de viajeros en autobús.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica (sociedad mercantil, laboral o cooperativa).
- Cumplir con el requisito de honorabilidad por parte de los directivos.
- Tener el título de competencia profesional por parte de los directivos.
- Acreditar capacidad económica.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Disponer de un mínimo de cinco vehículos con una antigüedad no superior a dos años y que sumen al menos 90 plazas.
Plazos
El trámite está disponible de forma permanente.
Duración del trámite
Variable, no especificado.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización administrativa para realizar transporte público discrecional de viajeros en autobús (tarjeta clase VD). Los servicios discrecionales son aquellos que no están sujetos a un itinerario, calendario u horario preestablecido.
Quién puede usar este servicio: Personas físicas o jurídicas (sociedades mercantiles, sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Justificante de haber ingresado la tasa (pinche aquí para consultar el listado de tasas para el año 2022).
- PULSE en el siguiente enlace para acceder al Portal Tributario. Cumplimentación on line y pago a través del Modelo 50
- DNI y NIF del solicitante, o CIF y Escritura de constitución debidamente registrada en caso de personas jurídicas.
- Alta en I.A.E.
- Justificante de la afiliación en situación de alta de la empresa solicitante en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Permiso de circulación de los vehículos y ficha técnica con ITV en vigor.
- Declaración responsable de honorabilidad de las personas que, de forma efectiva y permanente dirijan la empresa.
- Título de competencia profesional de las personas que, de forma efectiva y permanente dirijan la empresa.
- Acreditar capacidad económica de 9.000 € por el primer vehículo y 5.000€ más por cada uno de los siguientes de la siguiente forma:
- Personas físicas mediante certificación de entidad bancaria
- Personas jurídicas justificando dicha cantidad en capital y reservas.
Requisitos previos:
- Ser persona física o jurídica (sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa).
- Cumplir el requisito de honorabilidad por parte de los directivos.
- Tener el título de competencia profesional por parte de los directivos.
- Acreditar capacidad económica.
- Estar al corriente de las obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Disponer de un mínimo de cinco vehículos con una antigüedad no superior a dos años y que sumen al menos 90 plazas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
- Cumplimentar la solicitud online.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Realizar el pago de la tasa correspondiente.
- Presentar la solicitud.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta.
- En caso de ser necesario, se requerirá subsanación de errores o aportación de documentación adicional.
- Se emitirá una resolución otorgando o denegando la autorización.
Plazos de resolución:
- No se especifica un plazo de resolución.
Ayuda
Órgano gestor:
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Dirección General de Movilidad y Transportes Servicio de Infraestructuras y Logística del Transporte Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Ley 16/87, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (B.O.E. Nº 182, de 31-07-87) ~TEXTO CONSOLIDADO~
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (B.O.E. Nº 241, de 08-10-90) ~TEXTO CONSOLIDADO~
- Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús ~TEXTO CONSOLIDADO~ (B.O.E. Nº 182, DE 31-07-97)
Formularios de solicitud:
- Solicitud de baja de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias.
- Solicitud de visado/rehabilitación de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias
- Solicitud de autorización de transporte o de actividades auxiliares y complementarias
Enlaces a anexos:
- ANEXO II (Declaración Honorabilidad)
- ANEXO I (Declaración Transmisión)
- Documentación para la obtención o transmisión de autorizaciones de transportes de la serie VD
- Documentación para visado de autorizaciones
- ANEXO III (Certificado-bancario)
- Documentación para la obtención de nuevas copias certificadas de la serie VD