Autorización de permanencia en el callejón al personal auxiliar del festejo de lidia - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Asegurar la seguridad de todos los participantes en eventos taurinos, controlando quién puede estar en el callejón de la plaza de toros.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresarios, promotores de espectáculos taurinos o titulares de las plazas de toros.
Requisitos principales
- Solo se autorizará la permanencia en el callejón al personal auxiliar necesario y a aquellos que realicen funciones específicas como servicios médicos, veterinarios, apoderados, torileros, etc.
- En plazas no permanentes, el número de pases no debe superar los quince, excluyendo las cuadrillas.
Plazos
Al menos cinco días antes del primer festejo del año (plazas permanentes) o junto con la solicitud de autorización del festejo (plazas portátiles).
Duración del trámite
5 días hábiles
Información adicional
La solicitud debe dirigirse a la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
Resumen
Este trámite permite solicitar autorización para que el personal auxiliar permanezca en el callejón de la plaza de toros durante los festejos taurinos. El objetivo es garantizar la seguridad de todos los participantes.
Quién puede usar este servicio: Empresarios, promotores de espectáculos taurinos o titulares de las plazas de toros.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Solo se autorizará al personal auxiliar necesario y a aquellos que realicen funciones específicas.
- En plazas no permanentes, el número de pases no debe superar los quince, excluyendo las cuadrillas.
Documentos requeridos:
- Relación numérica del personal auxiliar de la plaza de toros.
Plazos:
- La solicitud debe presentarse al menos cinco días antes del primer festejo del año (plazas permanentes) o junto con la solicitud de autorización del festejo (plazas portátiles).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la relación del personal auxiliar.
- Presenta la solicitud a la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
Plazo de presentación:
- Cinco días antes del primer festejo (plazas de toros permanentes) o junto con la solicitud de autorización del festejo (plaza de toros portátil).
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 5 días hábiles.
Efecto silencio administrativo:
- Desestimatorio.
Fin vía administrativa:
- No.
Impugnación vía administrativa:
- Sí.
Ayuda
Contacto: Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil Servicio de Protección Civil Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
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