AUTORIZACIÓN DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE UNA AUTORIZACIÓN DE PLAN DE RESTAURACIÓN DEL ESPACIO NATURAL AFECTADO POR LABORES MINERAS
Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Finalidad
Autorizar la modificación de una autorización de plan de restauración del espacio natural afectado por labores mineras, si se han producido cambios sustanciales que afecten a lo previsto en él, incluidos cambios en el uso final del suelo una vez se concluya el aprovechamiento. Las posibles modificaciones se notificarán a la autoridad competente para su autorización.
Destinatarios
Entidades explotadoras que realicen cualquier actividad regulada en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
Plazo normativo para resolver
Tres meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Servicio de Ordenación Industrial de la provincia correspondiente o Dirección General, según los casos.
Plazo normativo para resolver
Tres meses.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
í?rgano gestor
D. GRAL. DE INDUSTRIA, ENERGíA Y MINASPASEO DE ROMA, S/N MODULO D PLANTA 1ª
06800 MERIDA
dgieym.ei@gobex.es
924002831