Autorización de implantación, modificación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Regular el proceso para autorizar, modificar o cancelar la oferta de estudios universitarios oficiales (Grado, Máster y Doctorado) en las universidades de Extremadura, así como renovar su acreditación.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros universitarios y títulos oficiales que se imparten en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La iniciativa puede ser de la universidad o de la Comunidad Autónoma.
Requisitos principales
- En Grado, la titulación propuesta debe tener al menos 25 estudiantes de nuevo ingreso.
- En Máster, el número mínimo de estudiantes de nuevo ingreso varía según la rama de conocimiento (Artes y Humanidades: 15; Ciencias: 10; Ciencias Sociales y Jurídicas: 15; Ciencias de la Salud: 10; Ingeniería y Arquitectura: 10).
- Los másteres deben ser interuniversitarios, intergeneracionales, tener orientación laboral, habilitar para profesiones o estar vinculados a investigación.
- Para renovar la acreditación de Grado, se exige una media de 25 estudiantes de nuevo ingreso desde la implantación o última renovación.
- En programas conjuntos de Grado, el número total de alumnos debe ser la suma de los alumnos de cada titulación, sin que cada título tenga menos de 10 alumnos.
- En el caso de los títulos de máster, la media será igual al número de alumnos de nuevo ingreso.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
No aplica el silencio administrativo. Fin de la vía administrativa: No. Impugnación vía administrativa: Sí.
Resumen
Este trámite permite a las universidades de Extremadura solicitar autorización para ofrecer, modificar o cancelar títulos universitarios oficiales (Grado, Máster y Doctorado), así como renovar la acreditación de los mismos.
Destinatarios
Centros universitarios y títulos oficiales de tal carácter que se impartan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Requisitos
- Número mínimo de estudiantes:
- Grado: al menos 25 estudiantes de nuevo ingreso.
- Máster: varía según la rama de conocimiento (Artes y Humanidades: 15; Ciencias: 10; Ciencias Sociales y Jurídicas: 15; Ciencias de la Salud: 10; Ingeniería y Arquitectura: 10).
- Características de los másteres: Deben ser interuniversitarios, intergeneracionales, tener orientación laboral, habilitar para profesiones o estar vinculados a investigación.
- Renovación de la acreditación de Grado: Media de 25 estudiantes de nuevo ingreso desde la implantación o última renovación.
- Programas conjuntos de Grado: El número total de alumnos debe ser la suma de los alumnos de cada titulación, sin que cada título tenga menos de 10 alumnos.
Documentación
- Certificación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad proponiendo la implantación de la enseñanza.
- Certificación e informe favorable motivado del Consejo Social de la universidad.
- Memoria para la solicitud de verificación de Títulos Oficiales según el Anexo I del Real Decreto 1393/2007.
- Copia del Informe de evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
- Memoria económica aprobada por el órgano competente de la universidad.
- En el caso de los grados se requerirá además informe del vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes de la universidad, sobre la emigración de estudiantes de Extremadura a otras universidades externas a la región para estudiar las enseñanzas para las que se solicita su implantación, de acuerdo con los datos de traslado de expedientes, y respecto a los cinco últimos años y relación de universidades españolas donde están implantadas las enseñanzas para las que se solicita su implantación así como un estudio sobre la oferta y demanda de esas enseñanzas en cada una de ellas, conforme a los datos de fuentes constatables de estadística pública.
- Para el caso de enseñanzas de doctorado, la solicitud de autorización irá acompañada de la documentación prevista en las letras a), b), c), d), del apartado anterior.
- En el caso de estudios interuniversitarios, convenio con las restantes universidades participantes, propuesta de plan de ordenación docente y documento que acredite el procedimiento de comunicación entre estudiantes y profesores de las universidades participantes en el ámbito del título único.
Cómo hacerlo
- Preparar la documentación: Reúna todos los documentos necesarios según el tipo de solicitud (implantación, modificación, supresión o renovación).
- Presentar la solicitud: Puede hacerlo:
- En línea: A través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: En las oficinas de registro habilitadas: Buscar oficina donde realizar este trámite
Solicitud y Anexos
Representación voluntaria por medios electrónicos
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
Normativa
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE Nº 307, de 24-02-01)
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de enseñanzas universitarias oficiales, el Real Decreto 99/2011, 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado (BOE Nº 260, de 30-10-07)
- Decreto 157/2016, de 20 de septiembre, por el que se regula la autorización de implantación, modificación, supresión de enseñanzas universitarias oficiales y renovación de su acreditación DOE Nº 185, de 26-09-16)
Resolución
- Órgano que resuelve: El titular de la Dirección General de Universidad
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto del silencio administrativo: No Aplica
- Fin de la vía administrativa: No
- Impugnación: Sí
Órgano gestor
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional Dirección General de Universidad Servicio de Universidad y Emprendimiento Avenida Valhondo, 06800, Mérida