Autorización de Estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Autorizar estaciones de inspección técnica de equipos de aplicación de productos fitosanitarios (ITEAF) para asegurar que cumplen con las condiciones necesarias.

¿Quién puede solicitarlo?

Unidades de la Administración Autonómica, Departamentos de Universidades, Centros de formación agraria, Centros Tecnológicos, cooperativas agrarias o empresas privadas autorizadas.

Requisitos principales

  • Las ITEAF deben suscribir pólizas de responsabilidad civil o garantías financieras.
  • Disponer de personal cualificado: un director técnico y un inspector.
  • El director técnico debe tener titulación universitaria o formación profesional superior en sanidad vegetal, producción agraria o fabricación de maquinaria, o acreditar formación de al menos 300 horas en dichas materias.
  • El inspector debe tener formación profesional adecuada o acreditar formación de al menos 150 horas en sanidad vegetal, producción agraria o fabricación de maquinaria.
  • Disponer de domicilio social y unidades móviles para realizar inspecciones.
  • Disponer del equipamiento e instrumentación necesarios para las inspecciones, con un programa de calibrado.
  • Tener sistemas electrónicos para transmitir los resultados de las inspecciones.

Plazos

Durante todo el año.

Duración del trámite

No tiene

Información adicional

La autorización de las ITEAF tiene validez en todo el territorio nacional y su duración es indefinida.

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para operar como Estación de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF). El objetivo es asegurar que los equipos utilizados para la defensa fitosanitaria cumplen con los requisitos necesarios.

Quién puede usar este servicio:

  • Unidades de la Administración Autonómica.
  • Departamentos de Universidades especializados en mecanización agraria.
  • Centros de formación agraria.
  • Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
  • Cooperativas agrarias.
  • Empresas privadas.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Acreditación del representante legal.
  • Estatutos o normas de funcionamiento de la entidad.
  • Memoria técnica descriptiva de las instalaciones, maquinaria y procedimientos de inspección.
  • Detalle del personal disponible, sus funciones y cualificación profesional.
  • Certificados de aptitud del director técnico y de los inspectores.
  • Póliza de seguros de responsabilidad civil y justificante de pago.
  • Declaración responsable de no participación en actividades de fabricación, comercialización o reparación de equipos fitosanitarios.
  • Plan de actuación y zonas de inspección.
  • Tarifas de los servicios.

Requisitos:

  • Las ITEAF deben suscribir pólizas de responsabilidad civil o garantías financieras.
  • Disponer de personal cualificado: un director técnico y un inspector.
  • El director técnico debe tener titulación universitaria o formación profesional superior en sanidad vegetal, producción agraria o fabricación de maquinaria, o acreditar formación de al menos 300 horas en dichas materias.
  • El inspector debe tener formación profesional adecuada o acreditar formación de al menos 150 horas en sanidad vegetal, producción agraria o fabricación de maquinaria.
  • Disponer de domicilio social y unidades móviles para realizar inspecciones.
  • Disponer del equipamiento e instrumentación necesarios para las inspecciones, con un programa de calibrado.
  • Tener sistemas electrónicos para transmitir los resultados de las inspecciones.

Costes y plazos:

  • No se especifican costes.
  • El plazo de presentación es durante todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Completar la solicitud.
  3. Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se realiza telemáticamente.
  • Es importante adjuntar toda la documentación requerida para evitar retrasos.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La Dirección General de Agricultura y Ganadería revisará la solicitud y la documentación.
  • Se emitirá una resolución autorizando o denegando la actividad de la ITEAF.

Plazos de resolución:

  • No se especifica un plazo para resolver.
  • El efecto del silencio administrativo es estimatorio.

Siguientes pasos:

  • En caso de ser autorizada, la ITEAF podrá iniciar su actividad.
  • En caso de denegación, se podrá interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería.

Ayuda

Más información:

Contacto:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Agricultura y Ganadería Servicio de Sanidad Vegetal Avenida Luis Ramallo, S/N 06800, Mérida

Solicitud y Anexos


Preguntas frecuentes


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