AUTORIZACIÓN DE CIERRE DE INSTALACIONES DE LA RED DE TRANSPORTE SECUNDARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Finalidad
Autorizar el cierre de las instalaciones de transporte.
Esta autorización podrá suponer la olbilgación al titular de proceder a su desmantelamiento
Destinatarios
Empresas titulares de la instalación que pretenda el cierre.
Plazo de presentación
Durante todo el año
Lugar de presentación
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (B.O.E. 310, de 27-12-2013)
Plazo normativo para resolver
Plazo máximo de 3 meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de Alzada
La solicitud de cierre se acompañará de un proyecto de cierre, que deberá contener como mínimo una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre, así como los planos actualizados de la instalación a escala adecuada.
La solicitud se podrá acompañar de un plan de desmantelamiento de la instalación, en el supuesto que el solicitante así lo pretenda.
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (B.O.E. 310, de 27-12-2013)
Director/a General
Plazo normativo para resolver
Plazo máximo de 3 meses
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de Alzada
í?rgano gestor
D. GRAL. DE INDUSTRIA, ENERGíA Y MINASPASEO DE ROMA, S/N MODULO D PLANTA 1ª
06800 MERIDA
dgieym.ei@gobex.es
924002831