Autorización de ampliación de horarios para todos los establecimientos de una localidad - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los municipios de Extremadura solicitar autorización para ampliar los horarios de cierre de los establecimientos públicos durante fiestas patronales, locales o eventos excepcionales.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios de Extremadura, a través de su Alcalde.

Requisitos principales

  • Debe existir la necesidad de ampliar los horarios de cierre debido a fiestas patronales, locales o eventos públicos excepcionales.

Plazos

Durante todo el año.

Duración del trámite

Tres meses

Información adicional

Cláusulas de protección de datos disponibles en el siguiente enlace: [Clausulas de protección de datos](https://www.juntaex.es/documents/77055/2378403/Clausulas_Tratamiento_+de+proteccion+de+datos.pdf/8f672dec-e9d4-e259-5923-6c77d2ee0803?t=1699619183530)

Resumen

Este trámite permite a los ayuntamientos de Extremadura solicitar autorización para ampliar los horarios de cierre de los establecimientos públicos en su municipio. Esta ampliación se concede por motivos justificados como la celebración de fiestas patronales, eventos locales o espectáculos públicos excepcionales.

Quién puede usar este servicio:

  • Municipios de Extremadura.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Que exista una necesidad real de ampliar los horarios debido a la celebración de fiestas, eventos o espectáculos.

Documentación:

  • Solicitud formal del Alcalde del municipio.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentar la solicitud del Alcalde.
  2. La solicitud se tramita ante la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil.

Después de hacerlo

  • La resolución del procedimiento corresponde a la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
  • El plazo máximo para resolver es de tres meses.
  • Si transcurre el plazo sin resolución expresa, se considera estimada la solicitud (silencio administrativo positivo).
  • La resolución no agota la vía administrativa.
  • Se puede interponer recurso de alzada contra la resolución.

Ayuda

  • Más información disponible en: Clausulas de protección de datos
  • Órgano gestor: Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, Servicio de Protección Civil. Avenida Valhondo, 06800, Mérida.

Preguntas frecuentes


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