Autorización de actividad de publicidad, patrocinio y promoción en materia de juego - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas autorizadas en el sector del juego realizar actividades de publicidad, patrocinio y promoción de sus servicios en Extremadura.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas con autorización administrativa para la práctica de juegos o apuestas en el subsector correspondiente, o sus asociaciones.
Requisitos principales
- La empresa debe contar con autorización administrativa para la práctica de juegos o apuestas en el subsector correspondiente.
- La publicidad debe cumplir la normativa específica y no contener elementos xenófobos, sexistas o discriminatorios.
- La publicidad debe respetar la protección de menores.
- La publicidad debe ser acorde a la normativa sobre información, comercio electrónico y comunicación audiovisual.
- La publicidad debe incluir advertencias sobre ludopatía y la prohibición del juego a menores.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Se promoverá la elaboración de mecanismos que prohíban la publicidad en equipaciones, instalaciones, patrocinios o similares de todo tipo de apuestas deportivas. Dicha prohibición afectará a todas las categorías deportivas.
Resumen
Este trámite permite a las empresas autorizadas en el sector del juego solicitar autorización para realizar actividades de publicidad, patrocinio y promoción en Extremadura. Esto asegura que la publicidad se realiza de manera responsable y conforme a la ley.
Quién puede usar este servicio: Empresas que cuenten con la autorización administrativa correspondiente para la práctica de juegos o apuestas en el subsector.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Bases de la promoción.
- Cartel publicitario con la advertencia de que la práctica de los juegos puede producir ludopatía y de que dicha práctica está prohibida a las personas menores de edad.
- Modelo 042 (Tasa fiscal de Juego, modalidad Combinaciones aleatorias).
- Modelo 050 (Tasa por autorización de publicidad).
- Acreditación de representación (si aplica).
- Modelo de papeleta participativa (si aplica).
- Facturas de los premios a sortear (si aplica).
Requisitos:
- Estar autorizado para la práctica de juegos o apuestas en el subsector correspondiente.
- Cumplir con la normativa específica sobre publicidad.
- Respetar la protección de menores.
- Asegurar que la publicidad sea acorde a la normativa sobre información, comercio electrónico y comunicación audiovisual.
- Incluir advertencias sobre ludopatía y la prohibición del juego a menores.
Costes y plazos:
- El trámite está sujeto al pago de tasas (Modelos 042 y 050).
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud y la documentación:
- En línea: A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: En las oficinas habilitadas: Buscar oficina donde realizar este trámite
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará tu solicitud y la documentación.
- Si todo está correcto, se emitirá la autorización.
- Si falta documentación o hay algún problema, se te notificará para que lo subsanes.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
- Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo desestimatorio).
Siguientes pasos:
- Una vez obtenida la autorización, podrás realizar las actividades de publicidad, patrocinio y promoción de acuerdo con los términos autorizados.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Dirección General de Tributos
- Servicio de Juego
- Paseo De Roma, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Ley 6/1998, de 18 de junio del juego de Extremadura
- Modelo de solicitud
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
- FORMULARIO
Preguntas frecuentes:
- ¿Por qué necesito una autorización para publicidad de juegos de azar? La autorización es necesaria para asegurar que la publicidad de juegos de azar se realiza de forma responsable y cumpliendo la normativa vigente, protegiendo a los menores y previniendo la ludopatía.
- ¿Qué documentos necesito para solicitar la autorización? Debes presentar la solicitud, las bases de la promoción, el cartel publicitario con la advertencia obligatoria, los modelos de pago de tasas correspondientes y, si aplica, la documentación de representación.
- ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud? El plazo máximo para que la administración resuelva tu solicitud es de 3 meses. Si no recibes respuesta en este tiempo, se considera que la solicitud ha sido denegada.
- ¿Qué puedo hacer si mi solicitud es denegada? Si tu solicitud es denegada, puedes interponer un recurso de reposición.
- ¿Qué normativa debo cumplir para la publicidad de juegos de azar? La publicidad debe cumplir con la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura, y otras normativas relacionadas con la publicidad y la protección de menores.
- ¿La publicidad online también necesita autorización? Sí, la publicidad online también está sujeta a esta autorización y debe cumplir con los mismos requisitos que la publicidad en medios físicos.
- ¿Qué debe incluir el cartel publicitario? El cartel debe incluir la advertencia de que la práctica de los juegos puede producir ludopatía y que dicha práctica está prohibida a las personas menores de edad, conforme al artículo 6 de la Ley 6/1998.