Autorización de acciones formativas no financiadas con fondos públicos, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a entidades de formación acreditadas solicitar autorización para impartir cursos no financiados con fondos públicos que conducen a la obtención de certificados de profesionalidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros y entidades de formación acreditados en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos especificados en los reales decretos que regulan los certificados de profesionalidad.
- Estar dado de alta en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de Extremadura y acreditado en los certificados de profesionalidad correspondientes.
- Disponer de los medios técnicos, humanos y materiales necesarios.
- Cumplir con los requisitos de la Orden de 20 de noviembre de 2014 y otras obligaciones legales aplicables.
Plazos
Durante todo el año.
Duración del trámite
30 días hábiles
Información adicional
Las acciones formativas deben impartirse de forma presencial y no pueden simultanearse con otras acciones formativas financiadas con fondos públicos del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).
Resumen
Este trámite permite a las entidades de formación acreditadas e inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo solicitar la autorización para impartir acciones formativas no financiadas con fondos públicos, conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad. Estas acciones están dirigidas tanto a personas trabajadoras en activo como a personas desempleadas.
Quién puede usar este servicio:
Centros y entidades de formación que estén acreditados en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Los centros y entidades de formación deben cumplir los requisitos especificados en los reales decretos que regulan los certificados de profesionalidad.
- Estar dados de alta, con número de censo, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y acreditados en los certificados de profesionalidad que quieren impartir.
- Disponer de los medios técnicos, humanos y materiales necesarios.
- Cumplir los demás requisitos específicos que se determinan en la Orden de 20 de noviembre de 2014, así como cualesquiera otras obligaciones legales o reglamentarias que pudieran serles de aplicación.
Documentos requeridos:
- Solicitud.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Acceder a la sede electrónica de la Junta de Extremadura a través del enlace: Tramitar en línea.
- Completar y presentar la solicitud.
Plazo de presentación:
Durante todo el año.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, se revisará la documentación y se emitirá una resolución.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 30 días hábiles.
Efecto del silencio administrativo:
Si no se recibe respuesta en el plazo indicado, se considera que la solicitud ha sido estimada.
Recursos:
La resolución no agota la vía administrativa y puede recurrirse en alzada ante la Consejera de Empleo, Mujer y Políticas Sociales en el plazo de un mes.
Ayuda
Contacto:
- Órgano gestor: Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) Dirección General de Formación para el Empleo Servicio de Formación para el Empleo Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales: