Autorización administrativa de interrupciones programadas del suministro eléctrico - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener autorización administrativa para realizar interrupciones programadas en el suministro eléctrico, asegurando la continuidad del servicio y permitiendo trabajos de mantenimiento o mejora en la red.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas jurídicas (empresas distribuidoras de energía eléctrica).

Requisitos principales

  • Ser una empresa distribuidora de energía eléctrica.
  • Comunicar la interrupción a los consumidores afectados con una antelación mínima de 48 horas, ya sea de forma individualizada (para suministros a tensiones superiores a 1kW y servicios esenciales) o mediante carteles y anuncios en medios de comunicación (para el resto de consumidores).
  • Presentar la solicitud de autorización con una antelación mínima de 72 horas.

Plazos

Solicitud con antelación mínima de 72 horas a la interrupción.

Duración del trámite

No tiene

Información adicional

La autorización se considera otorgada si no hay objeciones en un plazo de 48 horas desde la solicitud. Si el organismo competente considera que la interrupción no está justificada o puede causar perjuicios importantes, puede denegarla, informando a los consumidores por los mismos medios utilizados para anunciar la interrupción.

Resumen

Este trámite permite a las empresas distribuidoras de energía eléctrica solicitar autorización para realizar interrupciones programadas en el suministro. El objetivo es asegurar que los trabajos de mantenimiento y mejora en la red se realicen de forma controlada, minimizando las molestias a los consumidores.

Quién puede usar este servicio: Empresas distribuidoras de energía eléctrica.

Antes de empezar: Asegúrate de tener toda la documentación necesaria y de conocer los plazos de presentación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de autorización que incluya una explicación detallada de los motivos de la interrupción, los trabajos a realizar, la duración prevista y la fecha y hora de inicio y finalización.

Requisitos previos:

  • Ser una empresa distribuidora de energía eléctrica.
  • Comunicar la interrupción a los consumidores afectados con una antelación mínima de 48 horas.

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • La solicitud debe presentarse con una antelación mínima de 72 horas a la interrupción.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Prepara la documentación requerida.
  2. Presenta la solicitud de autorización ante el organismo competente en materia de energía.
  3. Comunica la interrupción a los consumidores afectados con al menos 48 horas de antelación.
  4. Espera la resolución del organismo competente. Si no hay objeciones en 48 horas, la autorización se considera otorgada.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debe ser clara y detallada, explicando los motivos de la interrupción y los trabajos a realizar.
  • La comunicación a los consumidores debe realizarse de forma individualizada (para suministros de alta tensión y servicios esenciales) o mediante carteles y anuncios en medios de comunicación.

Tiempos de espera:

  • La autorización se considera otorgada si no hay objeciones en un plazo de 48 horas desde la solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez obtenida la autorización, puedes realizar la interrupción programada en el suministro eléctrico.

Plazos de resolución:

  • El plazo para resolver es de 48 horas desde la presentación de la solicitud.

Siguiente pasos:

  • Realizar los trabajos programados en la red eléctrica.
  • Restablecer el suministro eléctrico una vez finalizados los trabajos.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Industria, Energía y Minas Servicio de Normalización Industrial, Energética y Minera Paseo de Roma, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Ver sección de preguntas frecuentes.

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