APROBACIÓN DE PROYECTOS DE REPARCELACIÓN
Finalidad
Agrupar o integrar el conjunto de las fincas comprendidas en una unidad de ejecución para su nueva división ajustada al Plan de Ordenación Urbana, con adjudicación de las parcelas resultantes a los propietarios de las primitivas, proporción a sus respectivos derechos, y a la parte que corresponda conforme a la Ley del Suelo y al Plan.
Destinatarios
Plazo de presentación
Durante todo el año, tras la aprobación definitiva por el Ayuntamiento.
Lugar de presentación
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. (D.O.E. Nº 1, DE 03-01-02)
LEY 6/2002 , de 27 de junio, de medidas de apoyo en materia de autopromoción de viviendas, accesibilidad y suelo. (D.O.E. Nº 85, DE 23-07-02)
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, reguladora de la actividad urbanística de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 22, DE 24-02-98)
Decreto 187/1995, de 14 de noviembre, sobre atribuciones de los organos Urbanísticos y de Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. (D.O.E. Nº 136, DE 21-11-95)
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
Formulación y tramitación del correspondiente proyecto de reparcelación, redactado por técnico competente.
Proyecto de reparcelación debidamente diligenciado con el acuerdo de aprobación definitiva.
Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura. (D.O.E. Nº 1, DE 03-01-02)
LEY 6/2002 , de 27 de junio, de medidas de apoyo en materia de autopromoción de viviendas, accesibilidad y suelo. (D.O.E. Nº 85, DE 23-07-02)
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, reguladora de la actividad urbanística de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 22, DE 24-02-98)
Decreto 187/1995, de 14 de noviembre, sobre atribuciones de los organos Urbanísticos y de Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura. (D.O.E. Nº 136, DE 21-11-95)
Director/a General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
http://fomento.juntaex.es/informacion-empresas/Urbanismo.html
í?rgano gestor
D. GRAL. DE URBANISMO Y ORDENACIí?N DEL TERRITORIOAVDA DE LAS COMUNIDADES, S/N
06800 MERIDA
dguot.marpat@gobex.es
924332416