APROBACIÓN DE PLANES DE LABORES MINERAS DE EXPLOTACIONES DE RECURSOS DE LA SECCIÓN -A-
Finalidad
Aprobar los planes de labores mineras de explotaciones de recursos de la sección A que obligatoriamente y con carácter anual deben ser presentados por sus titulares (artículo 18 de la Ley de Minas).
Para ello el titular de una autorización de explotación de recursos de la sección A deberá presentar en el plazo de diez meses desde la fecha en que comienzó los trabajos de explotación, ante el Servicio de Ordenación Industrial correspondiente, un plan de labores a ejecutar en el siguiente año natural a partir de la fecha de presentación, con indicación de las que con anterioridad se hubiesen ejecutado, ajustado al modelo oficial y firmado por el Director técnico responsable.
El Servicio de Ordenación Industrial correspondiente deberá confrontar dicho plan de labores en el plazo de dos meses siguientes a su presentación.
Los planes de labores se entenderán aprobados si el Servicio de Ordenación Industrial correspondiente no comunica al interesado sus modificaciones a los mismos en el plazo de dos meses.
Los planes de labores sucesivos deberán ser presentados por el titular en el plazo de 1 año desde la presentación del anterior.
Destinatarios
Titulares y Directores facultativos de autorizaciones de explotación de recursos de la sección A.
Plazo de presentación
- 1º año: 10 meses después de la fecha de inicio de los trabajos de explotación.
- 2º año y siguientes: 1 año desde la presentación del plan de labores anterior.
Lugar de presentación
Ley 22/1973, de 21 de Julio, de Minas (BOE nº 189, de 24 de Julio de 1973)
Plazo normativo para resolver
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución no podrá exceder de 2 meses contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
Ser el Titular de la autorización de explotación de recursos de la sección A.
Ser el Director facultativo de la explotación.
A) DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
Solicitud de aprobación del plan de labores
Formulario del plan de labores (Memoria y presupuesto)
Documento de seguridad y salud
Memoria de lucha contra el polvo
Memoria de restauración y condiciones ambientales
Plano de situación de la explotación a escala 1:25.000 ó 1:50.000
Plano topográfico a escala 1:25.000 ó 1:5.000
Plano de labores de explotación realizadas y proyectadas a escala 1:1000, 1:5.000 ó 1:10.000
Plano de labores de restauración realizadas y proyectadas a escala 1:1000, 1:5.000 ó 1:10.000
Justificante pago de tasas (La idea es pago telemático)
B) DOCUMENTACIÓN ADICIONAL (SEGÚN PROCEDA):
Plan de vigilancia ambiental
Disposiciones internas de seguridad (si existe alguna nueva)
Otros Planos y figuras
Fotografías
Otros
Ley 22/1973, de 21 de Julio, de Minas (BOE nº 189, de 24 de Julio de 1973)
Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres o Badajoz.
Plazo normativo para resolver
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución no podrá exceder de 2 meses contados a partir de la fecha de la presentación de la solicitud.
Efecto del silencio administrativo
Estimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada.
í?rgano gestor
D. GRAL. DE INDUSTRIA, ENERGíA Y MINASPASEO DE ROMA, S/N MODULO D PLANTA 1ª
06800 MERIDA
dgieym.ei@gobex.es
924002831