Análisis de la posible comisión de una infracción en materia de juego. - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Analizar si se ha cometido una infracción en materia de juego e imponer la sanción correspondiente, si procede.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que cometan infracciones en materia de juego, incluyendo inductores, titulares de autorizaciones administrativas, gerentes, directivos, encargados de locales de juego, jugadores y visitantes.
Requisitos principales
- El procedimiento sancionador se inicia mediante notificación del acuerdo de inicio al interesado.
- Si el órgano competente tiene todos los elementos para proponer una sanción al inicio, esta se incluye en el acuerdo de inicio, notificándose al interesado con un plazo de 10 días hábiles para alegaciones y presentación de documentos y pruebas.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
1 año
Información adicional
La resolución del procedimiento corresponde al titular de la Dirección General de Tributos. El silencio administrativo es desestimatorio. No agota la vía administrativa y cabe recurso de reposición.
Resumen
Este procedimiento se inicia para analizar posibles infracciones en materia de juego e imponer sanciones si corresponde. Se inicia de oficio tras recibir actas o denuncias.
Quién puede usar este servicio
Personas físicas o jurídicas que hayan cometido infracciones en materia de juego, incluyendo:
- Inductores
- Titulares de autorizaciones administrativas
- Gerentes y directivos
- Encargados de locales de juego
- Jugadores y visitantes
Lo que necesitas
Documentación
- Alegaciones y documentos que se consideren relevantes antes de la propuesta de resolución.
- Alegaciones, justificantes y pruebas en un plazo de 10 días hábiles tras la notificación de la propuesta de resolución.
Requisitos
- El procedimiento se inicia de oficio mediante notificación.
- Si se tienen todos los elementos para proponer sanción, se notifica al interesado con un plazo de 10 días para alegaciones.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Inicio del procedimiento de oficio.
- Notificación al interesado.
- Posibilidad de presentar alegaciones y documentos.
- Propuesta de resolución (si procede).
- Notificación de la propuesta de resolución.
- Nuevo plazo para alegaciones.
- Resolución del procedimiento.
Tiempos de espera
- Plazo para resolver: 1 año.
Después de hacerlo
Qué sucede después
- Se emite una resolución.
- El silencio administrativo es desestimatorio (si no se resuelve en plazo, se considera denegada).
Siguientes pasos
- Posibilidad de interponer recurso de reposición.
Ayuda
Contacto
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Dirección General de Tributos
- Servicio de Juego
- Paseo De Roma, 06800, Mérida