Adquisición directa de bienes o derechos para la prestación de servicios públicos - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a la Junta de Extremadura adquirir directamente bienes o derechos específicos necesarios para cumplir con sus funciones públicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que posea la titularidad de un bien o derecho que la Junta de Extremadura necesite adquirir.

Requisitos principales

  • Acreditar la titularidad del bien o derecho mediante un título jurídico válido, inscrito en el Registro de la Propiedad si es un bien inmueble.

Plazos

El notificado en el procedimiento patrimonial.

Duración del trámite

No tiene

Información adicional

Para más información, contactar a concurso.patrimonio@juntaex.es. Consultar la <a href="https://www.juntaex.es/documents/77055/33182506/PROTECCI%C3%93N+DP+NEGOCIOS+PATRIMONIALES.pdf/e8d4625f-1ed1-923d-49e0-5a05e4ce8d3d?t=1731056033827">PROTECCIÓN DATOS PERSONALES</a>.

Resumen

Este trámite permite a la Junta de Extremadura adquirir directamente bienes o derechos específicos que necesita para llevar a cabo sus funciones públicas. La adquisición se realiza directamente al titular del bien o derecho.

Quién puede usar este servicio

Cualquier persona física o jurídica, ya sea pública o privada, que posea la titularidad de un bien o derecho que la Junta de Extremadura necesite adquirir.

Lo que necesitas

Requisitos

  • Acreditar la titularidad del bien o derecho mediante un título jurídico válido según la normativa civil. Si se trata de un bien inmueble, debe estar debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad.

Documentos requeridos

  • Documentos que acrediten la personalidad jurídica del interesado.
  • Documentos que acrediten la titularidad del bien o derecho.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentar una petición expresa al Servicio de Patrimonio con los datos de localización o identificación del bien o derecho.

Normativa

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo para resolver no está especificado.

Efecto del silencio administrativo

El silencio administrativo se considera desestimatorio.

Recursos

Se puede interponer un recurso de reposición.

Ayuda

Contacto

Para más información, contactar a concurso.patrimonio@juntaex.es.

Órgano gestor

Consejería de Hacienda y Administración Pública Secretaría General de Presupuestos y Financiación Servicio de Patrimonio Paseo De Roma, 06800, Mérida

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